Año CXXXVIII Nº 48939
La Ciudad
Política
Economía
La Región
Información Gral
El Mundo
Opinión
Escenario
Policiales
Salud
Cartas de lectores



suplementos
Ovación


suplementos
ediciones anteriores
Turismo 20/11
Mujer 20/11
Economía 20/11
Señales 20/11
Educación 19/11
Estilo 19/11
Salud 16/11

contacto

servicios
Institucional

 martes, 22 de noviembre de 2005  
Un fallo consideró como vivienda única a una casa ubicada en una pequeña unidad productiva
La medida se considera novedosa porque hasta ahora el criterio sólo se aplicó a residencias urbanas

Silvia Carafa / La Capital

SILVIA CARAFA

La Capital

Bombal.- Un agricultor logró salvar de un remate inminente a las cincuenta hectáreas en las que vive después de que un fallo consideró que dicha unidad productiva rural funciona en conjunto como vivienda única. La medida, que ya fue apelada, la tomó la jueza María Mercedes Serra de la 15ª Nominación de Rosario y fue calificada como "novedosa y de alto contenido social" por los letrados que representan al demandado.

Gabriel Betti y Oscar Berra Giuliano, patrocinantes del agricultor, explicaron que ya se había dispuesto por ejecución hipotecaria la venta en subasta pública del inmueble rural en cuestión, y que hasta llegó a proponerse la designación del martillero. Ante esta situación, "expusimos que el predio cuya subasta se ordenaba se trata de una unidad económica productiva, por lo que conforme a la ley provincial Nº 9.319 resulta indivisible", relataron los abogados.

Para Betti y Berra Giuliano, lo así expuesto hace que no pueda subastarse la casa por un lado y el campo por otro. "Por lo tanto no puede ejecutarse, ya que allí está asentada la vivienda familiar que ocupa el matrimonio con una hija menor", detallaron. Y acotaron que dicho argumento fue considerado a pesar de la oposición de la parte acreedora, quien afirmaba que la legislación citada no es de aplicación al caso que se ventilaba, por el monto económico que se reclamaba.

Según los abogados del agricultor, a pesar del señalamiento realizado por el acreedor, la jueza resolvió "con gran criterio humanitario" y dispuso dejar sin efecto el remate porque consideró que la casa que habita el hombre con su familia, y que está ubicada en una unidad económica rural, tiene carácter de vivienda única, con remates suspendidos tal como lo señalan las leyes 12.406, 12.284 y 12.334 para las residencias urbanas.

Además, Betti y Berra Giuliano agregaron que la resolución de la magistrada del Foro de Rosario está en consonancia con lo dispuesto por la Corte Suprema de Justicia, que hizo lugar a sendos recursos particulares que no pudieron afrontar los pagos a pesar de la pesificación.
enviar nota por e-mail
contacto
Búsqueda avanzada Archivo


Notas Relacionadas
La Municipalidad de Villa Constitución cobró un juicio que le ganó a IBM



  La Capital Copyright 2003 | Todos los derechos reservados