Año CXXXVIII Nº 48813
La Ciudad
Política
Economía
Información Gral
Opinión
El Mundo
La Región
Escenario
Policiales
Cartas de lectores



suplementos
Ovación
Salud
Autos


suplementos
ediciones anteriores
Turismo 17/07
Mujer 17/07
Economía 17/07
Señales 17/07
Salud 13/07
Autos 13/07
Estilo 02/07
Día de la bandera 20/06

contacto

servicios
Institucional

 miércoles, 20 de julio de 2005  
Un súper indemnizará a un cliente al que confundieron con un ladrón
La cadena Auchan fue condenada a pagarle 5 mil pesos a un hombre detenido en un local de Avellaneda

Una cadena de supermercados fue condenada a pagar una indemnización de 5.000 pesos a un cliente acusado erróneamente de haber robado un artículo del local y que fue retenido durante 20 minutos por personal de seguridad, pese a que no había cometido ningún delito, en la ciudad bonaerense de Avellaneda.

El fallo fue dictado contra supermercados Auchan por la sala F de la Cámara Civil porteña, cuyos integrantes destacaron que el hecho implicó "un ataque al honor, la imagen y la reputación" del damnificado.

La causa fue iniciada por Marcelo Claudio Gallardo a raíz de un episodio ocurrido el 11 de febrero de 2001 en la sucursal que la cadena de origen francés posee en Avellaneda.

Mientras Gallardo se encontraba haciendo compras junto con sus hijos, personal de seguridad del local lo tomó del brazo, lo increpó y lo acusó de haber hurtado un artículo del local.

Pero según los camaristas Fernando Posse Saguier, José Luis Galmarini y Eduardo Zannoni, el querellante fue confundido "con un cliente anterior, quien sería quien habría hurtado la mercadería" de las instalaciones.

Al respecto, el fallo destacó que "el hecho ocurrido reviste por sí sólo suficiente entidad y gravedad como para tener por acreditado el menoscabo espiritual producido" en el demandante.

"El incidente que tuvo que soportar al ser tratado públicamente como si fuera un delincuente, durante un lapso de aproximadamente 20 minutos, en el que también se encontraban sus hijos menores, tiene que haber repercutido en el espíritu y en los sentimientos más íntimos e implicaron un ataque a su honor, a su imagen y a su reputación", subrayó.

La resolución también se refiere al derecho del supermercado "a adoptar las medidas de seguridad que considere adecuadas a los fines de prevenir los posibles robos o hurtos de mercadería".

Pero señala que "es indudable que dicho ejercicio de ninguna manera puede efectuarse en detrimento del honor e integridad física o psíquica de las personas".

"En supuestos en que se sospecha de algún cliente, la adopción de medidas por parte del personal de seguridad debe realizarse con la mayor cautela y discreción posible", agrega el fallo.

"Precisamente -acota- porque de haber un error se evitan situaciones humillantes o vergonzosas para quien está siendo requerido", explicaron los jueces. (Télam)
enviar nota por e-mail
contacto
Búsqueda avanzada Archivo


  La Capital Copyright 2003 | Todos los derechos reservados