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sábado,
08 de
diciembre de
2007 |
Tránsito y derecho penal
Por Víctor R. Corvalán (*) Resulta un lugar común aludir a la amenaza penal y a la intervención del Poder Judicial en temas tan diversos que conforman un amplio abanico de problemas que parecen no poder encontrar solución en otros ámbitos. Así desde la negativa a internar a un anciano carente de obra social, hasta los problemas de violencia familiar, pasando por el consumo de estupefacientes y la negativa a que se practique un aborto a una mujer violada, son algunos de los temas que se pretenden llevar a los estrados judiciales para que sean convenientemente atendidos. Algunos logran encuadrar en figuras penales y los que no lo logran, provocan el inmediato reclamo para que sean convertidos por ley en delito. Este fenómeno de inflación penal que se acompaña por un exagerado aumento de la competencia judicial, no es casual sino que obedece a la falsa creencia que es función de la represión punitiva y de los jueces atender aquellas situaciones que tienen la singularidad de servir de eficaces títulos a los medios de comunicación y que no encuentran una rápida solución en otros ámbitos del Estado.
Según nuestro punto de vista, constituye un error esa exagerada función que se le pretende adjudicar al derecho penal y al mismo tiempo es una desnaturalización de la esencial función del juez que debería limitarse a resolver como tercero, aquel conflicto que le han llevado a sus estrados las partes. Estamos persuadidos que el derecho penal debe limitarse a una mínima expresión y los jueces de ninguna manera pueden reemplazar las funciones que en la República corresponden a otros miembros del Estado.
Sin embargo el flamante procurador ante la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, Agustín Bassó, ha dispuesto instruir a fiscales para que investiguen el posible delito de incumplimiento a los deberes de funcionario público que habrían cometido o estarían cometiendo algunos funcionarios municipales de algunas ciudades, como Rosario. Parte de considerar que el tránsito es un caos y que los inspectores no hacen cumplir las ordenanzas vigentes. La noticia puede confundir generando falsas expectativas y al mismo tiempo afectando genéricamente la honra de muchos funcionarios municipales honestos.
Sin ánimo de tomar partido en un tema tan complicado como lo es el del ordenamiento del tránsito en las grandes urbes, y sin perjuicio de reconocer que la falta de educación vial es seguramente la principal causa del caos, lo cierto es que la actitud del procurador puede llegar a constituir una invasión del Poder Judicial respecto del ámbito municipal. Además, y ya en el terreno concreto de la actuación del Ministerio Público Fiscal, en materia procesal penal, resulta inconcebible que se impartan instrucciones genéricas para realizar investigaciones a fin de averiguar si hay algún delito que provoque el desorden del tránsito.
Precisamente uno de los límites en el ejercicio del poder es el que exige que para iniciar una instrucción penal deba existir el conocimiento claro y concreto de que hay hechos puntuales que encuadran claramente en una figura penal. Sin querer asumir la defensa de inspectores de Tránsito ni de los funcionarios municipales, fácil es advertir que los problemas del tránsito obedecen a múltiples causas y no a delitos que pudieran cometer al incumplir con sus tareas. De cualquier forma si un fiscal tiene una denuncia o el conocimiento directo de que un inspector de tránsito dolosamente incumple con sus deberes, es correcto que se lo persiga penalmente, pero no puede hacerse una “inquisición general” en la búsqueda de “pecadores”, al mejor estilo del medioevo.
Este modo de proceder nos recuerda a los operativos rastrillos que se realizaban en la dictadura militar para ver si allanando genéricamente domicilios se encontraban pruebas de actividades consideradas subversivas. Es grave esta visión totalizadora de la represión penal, porque podría ser el comienzo de un terreno mucho más amplio. Podría instruir a un fiscal para que investigue en los hospitales públicos, porque seguro que hay problemas. Otro fiscal podría dedicarse a las escuelas de los barrios más carenciados, donde también encontrará algún déficit. Y qué decir de algunas rutas de la provincia, que están deplorables. Los jubilados que se quejan por sus magros haberes, pese a haber aportado toda su vida, ¿no justifican una instrucción general?
Acaso el tema de los presos todavía hacinados en dependencias policiales o que la inmensa mayoría de los imputados presta declaración en las comisarías y luego en Tribunales, sin contar previamente con la asistencia de un abogado, ¿no merecerían idéntica dedicación?
Que no se cumpla con nuestra Constitución nacional, y todavía no exista “juicio público oral” y que en los juicios escritos se dicta sentencia muchos años después de que comenzara el procedimiento, ¿no sería materia de investigación según el mismo criterio del tránsito? Otros temas para investigar: que los jueces en realidad no actúan como tales sino que se dedican a investigar, a tratar de conseguir pruebas distorsionando la garantía de imparcialidad; que en los juzgados de Faltas no hay órgano acusador y qué decir de lo que ocurre en materia de menores. ¿En esta larga e incompleta lista, no habrá delito de incumplimiento a los deberes del funcionario público dentro del Poder Judicial? Acaso con los resultados del plan estratégico que elaboró el propio poder judicial, ¿se considera que está todo solucionado?
Vuelvo al principio y dejo la ironía. El error parte de considerar que el derecho penal es la respuesta a cuanto conflicto aparece en la sociedad, cuando en realidad debería ser la última respuesta, cuando realmente hayan fracasado todas las políticas estatales con competencia en la materia y para reprimir aquellas conductas puntuales que por la alarma social que causan merecen la condena. De lo contrario tendríamos a los jueces y fiscales a cargo del ámbito del poder Ejecutivo y de los municipios y comunas. No habría República democrática, división de funciones y demás garantías establecidas en nuestra Constitución nacional.
Rosario tiene problemas en el tránsito vehicular, pero de ninguna manera se justifica una investigación penal genérica contra los funcionarios municipales responsables, que tienen en los organismos representativos el ámbito adecuado para rendir cuentas de su gestión. Mientras tanto el principal problema de la Justicia penal es la demora entre que ocurre un hecho y se dicta sentencia definitiva luego del juicio. Pero claro, esto constituye otro problema de “tránsito”.
(*) Abogado penalista
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