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viernes,
07 de
diciembre de
2007 |
Viajeros del Tiempo ©
Rosario 1905/1910
Por Guillermo Zinni / Fuente: La Capital
La ley de Lynch (I). En otros tiempos, cuando los robos y los crímenes se multiplicaban en Estados Unidos, la ley de Lynch llegó a ser de mucha utilidad. Por entonces, no existían los jueces ni las prisiones en las poblaciones lejanas, y la única ley era la ejercida por el sentido común de los mismos habitantes. Así, la cuestión era sencilla: “¿Culpable o no culpable?”. Si la mayoría se decidía por la inocencia, el acusado era puesto de inmediato en libertad, pero si se lo declaraba culpable, la sentencia no se hacía esperar. Una cuerda pasada por encima de la rama mayor de algún árbol y cinco minutos después el condenado “bailaba sin violín y sobre piso de aire”, según la expresión que se usaba entonces. Uno o dos ejemplos así por año bastaban para hacer reflexionar a los salteadores y “compañeros de la luna”. Pero ahora Norteamérica se ha civilizado y ya no existe comarca donde no alcance el poder judicial, y sin embargo la ley de Lynch sigue funcionando. Pero no es más para juzgar a un ladrón de caballos o de haciendas o a salteadores de caminos que se reúnen los jueces de la “corte de Lynch”. Muchas veces es la rivalidad de razas la que lleva delante del ilegal tribunal a algún negro o mestizo que va a pagar con su vida el crimen de otro. Y claro está que ninguna instrucción detenida de la causa permitirá estudiarla a conciencia. El procedimiento no ha cambiado: exposición del hecho por el cual se procesa al preso, interrogatorio de testigos -todos contrarios al acusado- e intervención de la sencilla cuestión: “¿Culpable o no culpable?”. A cuya contestación casi siempre sigue una rápida ejecución. Apenas si se da al acusado tiempo de poder defenderse. (1909)
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