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 domingo, 07 de octubre de 2007  
Piden la nulidad de la pensión que recibe Storni
Sugieren que devuelva lo percibido y se evalúen las responsabilidades penales que hubiera

Luis Emilio Blanco / La Capital

María Juana.— Un vecino de esta localidad cuestionó ante la Cancillería la pensión del ex arzobispo de Santa Fe, Edgardo Gabriel Storni, que supera los 5.000 pesos mensuales y percibe desde su renuncia al cargo en medio de un escándalo por acoso sexual.

La presentación fue hecha por Horacio Brignone —quien en junio anticipó a La Capital su decisión tras un largo período de estudio— junto con su patrocinante, el abogado rosarino Eduardo Scolara.

Después de observar las características del caso, Brignone advirtió que no había transparencia en las razones por las que Storni se convirtió en beneficiario de una jubilación igual al 70% del sueldo de un juez nacional. La ley 21.540 fija las condiciones de retiro para obispos mayores de 75 años o inválidos. “Storni cumplió 71 años en abril pasado y según conozco no está inválido”, dijo Brignone.

Después de varias cartas a la Cancillería y una notificación a la Oficina Anticorrupción por la ausencia de información, llegó a manos de Brignone una documentación incompleta. “Por esa razón —reza en su escrito— fue imposible el acceso a los términos de la solicitud del beneficiario, al contenido formal de su renuncia, a la aceptación de la autoridad competente, así como del proceso que derivara en la eventual declaración de invalidez, por lo que se utilizó en la requisitoria un modo potencial y reservas por desconocimiento de aspectos puntuales de la cuestión”.

Sin alternativas. “En tren de conjeturas, ignoramos si el peticionante tergiversó su fecha de nacimiento o alegó falsamente estado de invalidez o incapacidad total o permanente, de acuerdo a la ley aplicable, ya que la normativa no otorga alternativas”. En ese punto los denunciantes suponen que Storni debió invocar y probar su minusvalía, y el ministerio verificarlo por médicos independientes.

Entre la documentación que la Cancillería envió a los denunciantes figura una copia del articulado del Código de Derecho Canónico —con texto subrayado— que insinúa que Storni habría invocado disminución de capacidad para desempeñar el cargo, en abierta contradicción con el manuscrito que el prelado envió por fax desde Roma sosteniendo como causa “un acto voluntario del renunciante destinado a remover una creciente presión social instalada por sus especiales connotaciones relacionadas con la moral y las buenas costumbres”.

Los denunciantes cuestionan la cita de esa normativa, “ya que se trata de un código que regula las relaciones entre el obispo y la Iglesia y de ninguna manera entre el instituto beneficiario de la jubilación y el ministerio, que actúa como ente provisional y lo abona”.

“El acto por el cual se le otorgó el beneficio no resultaría susceptible de convalidación por tratarse de un supuesto de nulidad absoluta por inexistencia de los presupuestos fácticos para su procedencia al momento de su expedición”, señala la denuncia, y añade: “La jubilación habría sido entonces concedida por causa inexistente o jurídicamente no relevante afectando la validez del acto que la otorgó”.

Entre otras consideraciones se destaca que “el acto en crisis resultaría arbitrario tanto en el plano jurídico como fáctico porque no se aplicó el derecho vigente en su recta interpretación, no se daban las circunstancias exigidas para la procedencia del singular beneficio que, como todo acto de disposición de fondos del erario público, resulta de interpretación restrictiva”.

En este punto, el escrito sugiere que el ministerio “está habilitado para declarar la nulidad, de oficio, recurrir a sede judicial para plantear y obtener la medida cautelar de suspensión del beneficio, en resguardo, tutela y conservación del patrimonio público”.
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El ex arzobispo de Santa Fe.

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