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 lunes, 24 de septiembre de 2007  
Qué dice la ordenanza que las regula

Según la ordenanza Nº 2.769 y la última actualización realizada en mayo, las playas de estacionamiento deberán cumplir con los siguientes requisitos:

u En el caso de la tarifa por hora, y a partir de la primera media hora, se deberá prever el fraccionamiento proporcional por períodos de 15 minutos.

u La tarifa por la primera media hora no podrá superar el 50 por ciento del costo establecido para la primera hora.

u Los carteles del seguro que exige la normativa se deberán exhibir en lugares visibles y cercanos a las entradas.

u Los interesados en explotar playas de estacionamiento deberán presentar la pertinente solicitud de habilitación ante la Municipalidad. Intervendrán las Direcciones Generales de Inspección y Abastecimiento, de Obras Particulares y de Finanzas, a través de la Secretaría de Gobierno.

u El o los ingresos a la playa contarán con semáforos de color rojo, con cristales no reflectantes quedando prohibido en los mismos el uso de luces de gran intensidad, como asimismo la utilización de elementos acústicos (timbres, campanillas, alarmas). La luz del semáforo, que deberá ser intermitente, solo se accionará a la salida de vehículos.

u Deberán contar con un seguro de responsabilidad civil contra incendio y explosión, robo o hurto y lesiones a terceros, que ampare a tales efectos a los vehículos que se estacionan en la playa.

u Todas las playas de estacionamiento deberán estar dotadas con los elementos contra incendio acordes con la superficie de la playa.

u A la entrada de la playa, junto a la casilla de control, tendrá que haber un cartel escrito con caracteres que puedan ser visualizados desde un vehículo que circule por la calle, en el que se consignarán las tarifas por hora o fracción en relación al tamaño de cada unidad.

u Se exhibirán en lugares visibles y cercanos a las entradas carteles indicadores del seguro correspondiente que exige la normativa.

u La transgresión a cualquiera de las disposiciones de la presente reglamentación será sancionada conforme las previsiones del Código de Faltas municipal.
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