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sábado,
02 de
junio de
2007 |
Qué dice la ley de educación
La nueva ley de educación nacional contempla la modalidad de la “educación en contextos de privación de la libertad”.
En su articulo 55, establece que esta es la educación “destinada a garantizar el derecho a la educación de todas las personas privadas de libertad, para promover su formación integral y desarrollo pleno. El ejercicio de este derecho no admite limitación ni discriminación alguna vinculada a la situación de encierro, y será puesto en conocimiento de todas las personas privadas de libertad, en forma fehaciente, desde el momento de su ingreso a la institución”. Y en el articulo siguiente establece, entre otros objetivos de esta educación: “Garantizar el cumplimiento de la escolaridad obligatoria a todas las personas privadas de libertad dentro de las instituciones de encierro o fuera de ellas cuando las condiciones de detención lo permitieran”, además de “asegurar alternativas de educación no formal y apoyar las iniciativas educativas que formulen las personas privadas de libertad” y “contribuir a la inclusión social de las personas privadas de libertad a través del acceso al sistema educativo y a la vida cultural”.
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