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 lunes, 03 de julio de 2006  
Morosidad judicial. Resolución de la Cámara Penal favorece a un procesado por un robo perpetrado en 2002
Ordenan liberar a un hombre que lleva más de tres años preso sin sentencia
Para el defensor general de Cámaras, las demoras del caso "van contra la ley y la presunción de inocencia"

La Sala I de la Cámara Penal ordenó la libertad, previo pago de fianza, de un hombre que lleva más de tres años preso sin que se haya dictado, en los plazos previstos por la ley, una sentencia sobre su procesamiento. La resolución responde a un pedido del defensor general de Cámaras, que consideró que las demoras en este caso van contra la ley, la Constitución nacional y, especialmente, "contra la presunción de inocencia, al dejar privada de su libertad a una persona que legalmente es todavía inocente". Sin embargo, en medio de esta discusión, fuentes tribunalicias indicaron que el fallo en cuestión podría darse a conocer en estos días.

Gabriel Horacio Lezcano está preso desde hace más de tres años, imputado y procesado de los delitos de robo calificado, robo agravado y asociación ilícita por un hecho ocurrido en la localidad de Santa Teresa en septiembre 2002. El fiscal pidió para él una pena de ocho años de prisión, pero el juez de Sentencia Nº3, Luis Giraudo, no se ha expedido siquiera durante el año de prórroga que se le otorgó, alegando que la causa era bastante compleja. Asimismo, rechazó el pedido de excarcelación del imputado.

El pedido para que Lezcano esperara su condena en libertad entonces fue elevado a la Cámara Penal por el defensor general de Cámaras, Carlos Giandoménico, quien consideró que prorrogar la privación de la libertad del imputado "es contrario a derecho". Su planteo fue aceptado incluso por el fiscal de esa misma instancia, aunque éste propuso que se fijara una fianza para liberar a Lezcano.

Giandoménico indicó en su pedido que la prórroga de un año otorgada al juez para que dictara sentencia había vencido más de cinco meses atrás, en enero último. En este sentido, el letrado aclaró que la prisión preventiva no puede prorrogarse más, porque "no se puede prorrogar aquello que se encuentra extinguido, luego de cumplidos los dos años de prisión preventiva y aún la prórroga dispuesta". Incluso consideró superados los obstáculos por los cuales oportunamente se otorgó la prórroga y resaltó que la causa se encuentra a fallo desde abril pasado.

El defensor citó en su pedido jurisprudencia acerca de la injustificación de la prisión preventiva y los relacionó con la presunción de inocencia, que "puede quedar invertida" si la prisión preventiva se prolonga demasiado. "Se priva de la libertad a una persona que legalmente todavía es inocente y a quien se le hace sufrir efectivamente el castigo severo que la ley reserva a quienes han sido condenados", expresó Giandoménico.

En este sentido, el cuestionamiento del defensor de Cámaras señala que "si se dedica un período de tiempo ilimitado a la resolución de una cuestión criminal se asumiría de manera implícita que el Estado siempre enjuicia a los culpables y, en consecuencia, carecería de importancia el tiempo que se utilice para probar la culpabilidad".

"Más allá del delito que se haya cometido, tenemos que velar por el cumplimiento de la ley. Y acá el Estado no está cumpliendo con la ley, porque si tiene que tomarse mucho más tiempo del previsto para condenar a alguien, no pueden dejarlo preso mientras espera", consideró Giandoménico, y aclaró que este pedido ya había sido elevado por el defensor de primera instancia, quien también contó con el acuerdo del fiscal.
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A pesar de que la prórroga otorgada al juez ya venció, el caso sigue sin sentencia.



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