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 miércoles, 21 de junio de 2006  
Carta de intención entre el Estado, Aerolíneas e Interinvest

Buenos Aires- 21 de junio (Télam).- Los ministros de Planificación Federal, Julio De Vido, y de Economía, Felisa Miceli, firmaron hoy con Aerolíneas Argentinas (AASA), una carta de intención, que contempla un aumento o modificación del capital social de la empresa aérea con un mínimo del 5 por ciento y hasta un máximo del 20 para el Estado Argentino.

El texto completo del documento es el que se detalla a continuación:

“Entre los Ministerios de Planificación, Inversión Pública y Servicios y de Economía y producción de la República Argentina, representados por los ministros Julio De Vido y Felisa Miceli, respectivamente, y las empresas Aerolíneas Argentinas SA e Interinvest SA, representados en este acto por Horacio Fargosi y Antonio Mata, respectivamente, en adelante las partes, convienen en suscribir la presenta Carta de Intención”.

“Primero: Las partes expresan su voluntad de tratar en la próxima Asamblea Ordinaria/Extraordinaria de Aerolíneas Argentinas SA como puntos del orden del día:

a) La aprobación de los Estados Contables correspondientes al ejercicio económico 2005.

b) Aumento y modificación del capital social por un monto tal que la participación de las acciones clase “A” en el total del capital social alcance, comprendiendo las tenencias accionarias existentes, como mínimo un 5 por ciento y hasta un 20 por ciento de aquel. La integración del aumento aquí mencionado, o en su caso la instrumentación de la modificación, sería efectuada a valor nominal mediante la capitalización de créditos del Estado contra AASA, aportes en efectivo y caulquier otro método que las partes

acuerden en el marco del régimen legal vigente.

c) La modificación del Estado Social de AASA a efectos de que éste prevea y refleje: (i) que las acciones clase “A” tendrán derecho a la designación de un miembro titular y un miembro suplente de la Comisión Fiscalizadora y, además, a la designación de dos directores de la clase “C” se establecería en nueve; y (ii) que será necesario el voto favorable de las acciones clase “A”, y en su caso de los dos directores designados a propuesta de los accionistas de la clase “A” para decisiones estratégicas como por ejemplo 1) aumentos significativos de capital, 2) alianzas estratégicas u operacionales que afectan la línea de bandera nacinal o deban alinearse con la política

aerocomercial argentina, 3) resolver la aliminación o reducción de

los servicios de transporte aerocomercial de cabotaje. (iii) modificación del capital social conforme lo previsto en el artículo 1º punto b.)“.

“Segundo: Cumplido lo acuerdos entre las partes y aprobadas por estas en la Asamblea de Accionistras los puntos referidos en el artículo 1º de la presente, el Estado nacional desistiría las acciones deducidas contra AASA por nulidad de las Asambleas de AASA aprobatorias de sus Estados Contables, correspondeintes a los ejercicios cerrados el 31.12.2002, el 31.12.2003 y el 31.12.2004; todo ello con el consentimiento de AASA, conviniéndose en el o los

escritos que presentarían los apoderados judiciales del Estado Nacional y de AASA que las costas de todos los procedimientos mencionados serían soportados en el orden causado”.

“Tercero: El aumento de la participació de las acciones clase ”A“ hasta alcanzar hasta un 20 por ciento del capital social, podrá efectuarse en ASambleas de Accionistas posteriores a la referida en el artículo 1º”.

“Cuarto: Las partes declaran su propósito de promover los trámites necesarios para la oferta pública de acciones de AASA. El Estado nacional e Interinvest determinarán en forma independiente el momento y la porción de su participación que cada parte ofrecerá, en su caso”.

“En prueba de conformidad se suscriben tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto a los 21 días del mes de junio de 2006”. (Télam)
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