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 miércoles, 21 de junio de 2006  
La Corte autorizó la ligadura de trompas a una indigente
La mujer presentó el recurso en Salta. Es madre de cuatro hijos y se halla en estado de pobreza extrema

La Corte Suprema de Justicia autorizó ayer a una mujer indigente a ligarse las trompas de Falopio para no tener más hijos, debido a que se encuentra en un estado de "pobreza extrema".

En su acuerdo, el alto tribunal ordenó a la Justicia de Salta, de donde es oriunda la mujer, que disponga la operación, ya que en sentencias anteriores se le había denegado el permiso para hacer esa práctica.

El caso analizado por la Corte es el de Gloria Catalina Yapura, madre de cuatro hijos y desocupada, quien presentó un recurso de amparo solicitando se le autorice a ser sometida -luego del momento de parir a su cuarto hijo- a una ligadura de trompas de Falopio.

La mujer hizo el planteo después de que en el Nuevo Hospital El Milagro de Salta le advirtieron que, pese a su pedido expreso, no le iban a hacer la operación, excepto que concurriera con una autorización judicial.

Actualmente, la ley prohíbe la ligadura de trompas sin autorización judicial previa, aunque en la Cámara de Diputados se encuentra avanzado un proyecto de ley que permitirá solicitar la práctica libremente.

Asistida por la defensora oficial Natalia Buira, Yapura explicó ante la Justicia Correccional de Salta y la Corte provincial que deseaba ligarse las trompas porque tanto ella como su cónyuge se encontraban sin trabajo y el único ingreso familiar era el monto que recibían por ser beneficiarios de un Plan Jefes de Hogar.

La mujer -que presentó su pedido cuando estaba embarazada- afirmó que su situación social podría calificarse como de "pobreza extrema", porque ya no podía hacer frente a las erogaciones que implicaba la crianza de sus hijos e invocó los "derechos al resguardo de la familia, a la salud y a la autodeterminación".

Al analizar el caso a pedido de la Corte, la procuradora subrogante Marta Beiró de Goncalvez, criticó a los jueces salteños que rechazaron in límine el pedido de la mujer y sostuvo que omitieron considerar su situación y "adoptaron una decisión dogmática y genérica".

Goncalvez también tuvo en cuenta que -tal como argumentó la mujer- en este caso "se encuentran comprometidas prerrogativas constitucionales que hacen al derecho a la salud en su más amplio sentido, entendido como el equilibrio psicofísico y emocional de una persona". (Télam)
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