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martes,
09 de
mayo de
2006 |
Exigen que los comercios exhiban los precios en carteleras
Los comercios que vendan carne vacuna, pescado, pan y facturas y comidas para llevar deberán exhibir en carteleras visibles los precios de sus productos por tipo y unidad, y serán multados en caso de no cumplir con esta disposición.
Así lo dispuso la resolución tres de la Secretaría de Comercio Interior, a cargo de Guillermo Moreno, publicada ayer en el Boletín Oficial, en la que se determinó que "las infracciones serán sancionadas conforme lo prescripto en la ley 22.802 de lealtad comercial".
La medida adoptada por la dependencia del Ministerio de Economía, plantea la modificación del artículo 13 de la resolución 7 del 2002 de la ex Secretaría de Defensa del Consumidor en relación a la exhibición de los valores en locales comerciales donde se comercialicen productos frescos.
Según la resolución, "en las carnicerías, pescaderías, panaderías y casas de comidas para llevar se deberá efectuar la exhibición de precios mediante carteleras ubicadas en el interior de los locales, en forma destacada y visible".
Las autoridades económicas aclararon que en las pizarras que presenten los comercios "se harán constar los precios por unidad de venta de corte y clases de carne y sus derivados, especies y cortes de pescados y mariscos, tipos de panes y facturas y las distintas variedades de comidas preparadas, respectivamente".
También, según consta en la resolución firmada por Moreno, que "en el caso de la carne bovina, se entenderá por clase de carne a las siguientes: ternera, novillito, novillo, vaquillona y vaca, según corresponda".Se indicó que aquellos comercios que no cumplan con la normativa podrán ser sancionados.
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