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miércoles,
12 de
abril de
2006 |
Salarios. Un tribunal conformado en su mayoría por conjueces falló a favor de una magistrado sanjuanino
La Corte dijo que todos los jueces
están exentos del pago de Ganancias
La controvertida sentencia recibió el apoyo de la ministra Carmen Argibay. Hubo dos votos en contra
La Corte Suprema de Justicia sostuvo ayer que los magistrados nacionales y provinciales están exentos del pago del impuesto a las ganancias y ordenó al Estado reintegrar a un juez sanjuanino jubilado las sumas descontadas por ese tributo. Actualmente, los sueldos de los magistrados rondan entre los cinco mil y los quince mil pesos, según jurisdicción y antigüedad.
La jueza Carmen Argibay fue la única integrante natural de la Corte que firmó la controvertida sentencia, ya que todos sus colegas se excusaron de intervenir en el caso y fueron reemplazados por ocho conjueces.
Argibay conformó la mayoría junto a seis conjueces, mientras otros dos, el ex ministro de Justicia Horacio Rosatti y Héctor Méndez, votaron en disidencia, invocando la igualdad de los ciudadanos ante la obligación de pagar tributos.
La sentencia está enmarcada en la demanda iniciada por el juez sanjuanino Oscar Gutiérrez, a quien la Administración Nacional de la Seguridad Social (Ansés) deberá ahora liquidar las sumas descontadas de su jubilación en concepto de ganancias. Pero el fallo homologa la decisión de la Corte de preservar el beneficio impositivo de los jueces. Consecuentemente, la sentencia favorece a todos los magistrados nacionales y provinciales.
Gutiérrez litigó contra la Ansés para que cesara de retener montos de su haber jubilatorio y, tanto en primera instancia como ante la Cámara Federal de la Seguridad Social, hubo resoluciones que dieron luz verde a la acción de amparo que promovió.
La Ansés presentó un recurso de queja ante la Corte, que falló en contra de las pretensiones del organismo oficial.
Durante el juicio, dos entidades se sumaron a la controversia y participaron del proceso al interponer, con objetivos opuestos, recursos de "Amicus curiae" admitidos por la Corte. El Centro de Estudios Legales y Sociales (Cels) planteó la necesidad de derogar la excepción de la que gozan los jueces y la Institución de Magistrados Judiciales de la Nación en Retiro, apoyó la postura de Gutiérrez.
Antecedentes
En la actualidad, los jueces no pagan el impuesto a las ganancias porque la Constitución establece que sus remuneraciones no pueden ser disminuidas "de ninguna manera". Pero la ley 24.631 que regula el tributo no considera que los magistrados estén eximidos del pago. La Corte Suprema dirimió el tema en 1996, a través de una acordada en la que ratificó la exención de los jueces.
Cuando se conformó la actual integración de la Corte, sus integrantes dejaron trascender que los jueces deberían pagar el impuesto. Pero, con el tiempo, la discusión se diluyó, mientras paralelamente avanzaba la causa de San Juan, cuya Constitución obliga a los jueces de esa provincia a sujetarse a las cargas generales que afectan al resto de los habitantes.
En su fallo de ayer, el tribunal conformado en su mayoría por conjueces ratificó en todos sus puntos la postura de sus magistrados. Reivindicó "el derecho a la intangibilidad de las remuneraciones que fija el artículo 110 de la Constitución Nacional para los magistrados judiciales debe extenderse a las jubilaciones y pensiones que correspondan" e invocó la acordada de 1996. Además dijo que ese derecho "no puede ser desconocido en los ámbitos provinciales".
"Los jueces locales son, como los nacionales y federales, y, por lo tanto, han de contar con similares garantías", escribieron los conjueces.
La mayoría fue integrada por Argibay y los conjueces Gabriel Chausovsky, Carlos Pereyra González, Juan Poclava Lafuente, Jorge Ferro, Leopoldo Schiffrin y Alberto García Lema. Rosatti y Méndez firmaron en disidencia.
Para Rosatti "es posible, necesario e imprescindible que los jueces estén bien retribuidos, que sus remuneraciones mantengan su poder adquisitivo y que, simultáneamente paguen el impuesto a las ganancias, haciendo clara la diferencia entre sufrir un detrimento discriminatorio y pagar un tributo general".
Méndez, por su parte, dijo que "la voluntad soberana del pueblo expresada a través de sus representantes en los poderes Legislativo y Ejecutivo, al sancionar y promulgar la ley 24.631 ha querido que los jueces paguen el tributo en cuestión establecido con generalidad, en un pie de igualdad con todos los ciudadanos".
Petroleros
El mes pasado, el gobierno nacional elevó el piso del impuesto a las ganancias para trabajadores autónomos y en relación de dependencia, en un intento por aliviar la carga de unos 500 mil contribuyentes de ingresos medios que en muchos casos comenzaron a tributar a raíz de las recomposiciones salariales pactadas tras la devaluación.
A ese módico alivio se llegó luego de varios meses de discusión legislativa, gestión de la CGT y, sobre todo, luego del trágico conflicto protagonizado por los trabajadores petroleros de la provincia de Santa Cruz.
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Fotos
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El ex ministro de Justicia Horacio Rossatti votó en disidencia.
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