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 miércoles, 29 de marzo de 2006  
Puede compararse con el uso del teléfono

El uso privado de las TIC (tecnologías de la información y la comunicación) en horario de trabajo puede contemplarse "siempre y cuando no afecte las tareas y no sea abusivo", del mismo modo que el empleado utiliza el teléfono para una llamada particular, sin que pueda ser sometido a "escuchas telefónicas", dijo la abogada Leonor Guini, especialista en temas laborales y nuevas tecnologías. La profesional dijo que primero hay que determinar "si lo realizado en horario de trabajo es algo perjudicial como divulgar datos o información privada que comprometan la seguridad e intereses de la empresa, o impliquen competencia desleal", advirtió.
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