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 sábado, 10 de diciembre de 2005  
La Afip amplió los plazos para regularizar deudas
Los contribuyentes que registren atrasos podrán ponerse al día hasta el 14 de diciembre

La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) amplió el plazo de presentaciones para aquellos contribuyentes que registren atrasos en cumplimientos tributarios con el organismo y que por la imposibilidad de acogerse al plan de regularización vigente no estén en condiciones de realizar las presentaciones el caso.

Se trata de aquellos que quieran ser incluidos dentro del régimen especial establecido por la resolución general 1967, cuya prescripción en lo que hace a las obligaciones regularizables opera con anterioridad a la fecha fijada para el acogimiento al mismo.

Los interesados en regularizar su situación tendrán tiempo de expresar su voluntad hasta el próximo 14 de diciembre, según lo señala la resolución 1.973.

A tales fines, los sujetos mencionados deberán -con relación a los períodos fiscales indicados en el párrafo precedente- renunciar al término corrido de la prescripción en curso, por las obligaciones impositivas y aduaneras o, en su caso, efectuar el reconocimiento de las obligaciones adeudadas por los recursos de la seguridad social, mediante la presentación de una nota.

Los comunicados deberán estar suscriptas por el titular de la obligación, por su apoderado o representante legal con facultades suficientes para ello y acompañarse la documentación fehaciente que acredite tales extremos.

La presentación se formalizará en la dependencia que tiene a su cargo el control de las obligaciones que se pretendan regularizar.

La falta de presentación de las mencionadas notas en el plazo indicado dará lugar al inicio o prosecución de las acciones judiciales destinadas a obtener el cobro de las sumas involucradas.
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