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 viernes, 28 de octubre de 2005  
Condiciones de edificación

El edificio de la unidad penitenciaria a habilitar en diciembre próximo fue encaminado bajo algunas premisas. Entre otras se determinó que debía tener un ingreso independiente de la sede de la Unidad Regional II, que las unidades de alojamiento de internos debían desarrollarse sólo en planta baja y que los edificios de cocina, casinos de oficiales y servicios generales estuvieran situados fuera del doble cerco de seguridad.

También se planificó que las celdas tuvieran capacidad para ocho internos con unidades sanitarias compactas, que cada pabellón contuviera una guardia, una salida de emergencia para guardias, un comedor para 25 internos, duchas y patio. Que incluyera un doble cerco de seguridad que no permitiera observaciones desde las calles Crespo y Olegario Víctor Andrade, que los internos en los patios puedan lavar sus ropas y que el edificio penitenciario no toque ningún edificio perteneciente a la Unidad Regional II.
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