| domingo, 13 de junio de 2004 | Las diez preguntas clave 1 -Qué sucede cuando se acepte la suscripción de los nuevos títulos
-El gobierno lanzará así formalmente la propuesta definitiva y habrá un plazo aproximado de 60 días para aceptarla o no.
2 -Qué pasa con los que aceptan
-Los Bontes, Letes, Globales o Préstamos Garantizados serán canjeados por un nuevo bono con vencimiento aproximado en 2050.
3 -Qué renta pagarán
-Será de entre el 3% y 8% (éste último comenzará a pagarse a partir del año 15).
4 -Cuándo se cobrará el capital
-En el año 30 o más según el bono.
5 -Y si la aceptación es menor al 50%
-La oferta fracasó y tendrán que reconsiderarla. La aceptación que hasta ese momento se manifestó queda sin efecto.
6 -Si llega al 50 o 66%
-El gobierno toma y no vuelve atrás.
7 -Qué pasa con los que no aceptan
-Legalmente los que quedan afuera de la aceptación si el gobierno logra la mayoría conservan los derechos actuales. Podrán seguir con las acciones legales e intentar embargar los pagos que Argentina haga a otros acreedores en el exterior. Se complica para el gobierno porque no va a poder pagar por los embargos y si no lo hace caería en default con los que arregló.
8 -Son viables las acciones legales en el exterior
-El plazo legal de recupero es de entre 3 y 6 años para los bonos Globales en los tribunales de Nueva York, aunque es un proceso lento y difícil, pero menor a los 42 años.
9 -Los juicios locales pueden tener una perspectiva distinta
-En el país las acciones legales con sentencia se cobran a través del presupuesto, lleva entre 2 y 6 años. No habrá problemas de cobro.
10 -Qué puede hacer el gobierno para evitar que hagan caer su propuesta
-Puede sacar de cotización a los bonos que cotizan en el exterior (globales) y su valor caerá en el mercado secundario por falta de volumen. Eliminar la cláusula de aceleración que dice que ante falta de pago uno puede argumentar caída del convenio y tiene derecho a reclamar capital más intereses. Así, sólo pagará intereses devengados y el capital al vencimiento del título. Puede cambiar la jurisdicción de los bonos. enviar nota por e-mail | | |