Montados sobre el proyecto que dispone exenciones y beneficios impositivos a los afectados por el desastre hídrico, los diputados provinciales otorgaron anoche sorpresivamente media sanción a una amplia moratoria de tributos provinciales.
El régimen de regularización impositiva votado en la Cámara baja, que también abarca las facturas bimestrales del servicio prestado por la Empresa Provincial de la Energía (EPE), comprende los vencimientos operados hasta el 30 de abril pasado. El texto fue votado por unanimidad y sobre tablas por los diputados de los distintos bloques políticos.
La moratoria alcanza a todos los contribuyentes de la provincia de los impuestos inmobiliario urbano, suburbano y rural, sobre los ingresos brutos, de sellos, patente única sobre vehículos, aportes sociales a la ley número 5.110, contribución de mejoras y tasas retributivas de servicios.
También quedaron comprendidos en la normativa los aportes al instituto becario, el impuesto a las actividades hípicas de la ley 5.317 y las obligaciones en concepto de servicio de energía eléctrica, con facturación bimestral.
Consultado por La Capital, el ministro de Hacienda y Finanzas, Miguel Asensio, admitió haber mantenido contactos con "algunos legisladores" a lo largo de la tarde y, aunque evitó emitir una opinión definitiva "hasta que conozca el texto del proyecto" no se mostró demasiado entusiasmado con la inclusión de una amplia moratoria tributaria en el mismo paquete legal.
"Quiero ver el proyecto antes de emitir una opinión, pero es distinto el espectro del proyecto que envió el Ejecutivo contemplando exenciones a la zona afectada por el desastre al de un régimen amplio de regularización impositiva", diferenció Asensio.
Los alcances de la moratoria
En el extenso articulado del proyecto votado en la Legislatura, se dispone "con carácter general y sin perjuicio de los beneficios establecidos para las zonas de emergencia" un régimen de regularización y facilidad de pago para el ingreso de obligaciones fiscales y de servicio eléctrico, cuyo vencimiento hubiere operado hasta el 30 de abril de 2003. Para acceder a los beneficios de la moratoria, los contribuyentes deberán encontrarse al día con los vencimientos posteriores a aquella fecha.
Las deudas posteriores al 1º de abril de 1991, fecha de entrada en vigencia de la ley de convertibilidad, se actualizarán aplicándoles desde la fecha de vencimiento de la obligación hasta la de efectivo pago, un interés del 0,5% mensual no acumulativo sobre el capital adeudado.
Respecto a las deudas anteriores al mes de abril de 1991 se actualizarán de acuerdo a lo establecido en el artículo 42 del Código Fiscal y a dicho monto se le aplicará una quita del 50%. A la deuda así actualizada se le aplicará el procedimiento establecido para las posteriores al 1º de abril de 1991.
Los convenios de pago podrán celebrarse en hasta un máximo de 60 cuotas mensuales y consecutivas y en el caso del impuesto inmobiliario rural serán semestrales y hasta un máximo de diez. Hasta en seis cuotas los planes no tendrán interés aplicable, mientras que los que excedan de seis cuotas tendrán un interés del 0,60% mensual calculado a partir de la séptima cuota.
Los contribuyentes que abonen su deuda al contado se beneficiarán con un descuento del 5 por ciento sobre el capital adeudado.
El paquete que recibió media sanción legislativa en la sesión ordinaria de la víspera incluye un capítulo conteniendo los beneficios impositivos a los afectados por el desastre hídrico en toda la provincia.
Dicho mensaje, remitido por el gobernador Carlos Reutemann a la Legislatura a principios de mes, concede a "los sujetos damnificados de las zonas declaradas de desastre en el artículo 1º de la ley 12.106" (de emergencia hídrica) y mientras dure el estado de emergencia la exención del pago de los impuestos inmobiliario, aportes sociales de la ley 5.110 y la eximición total o parcial en el pago de servicios de la Empresa Provincial de la Energía (EPE).
Por otra parte, el texto legal suspende los juicios o trámites administrativos iniciados por deudas originadas en impuestos, tasas, contribuciones, multas y tarifas de servicios públicos en el estado procesal en que se encuentren, incluso en trámite de ejecución de sentencia. Los legisladores autorizaron además al Ejecutivo santafesino a adelantar el pago del medio aguinaldo a los agentes públicos activos o pasivos afectados por el desastre hídrico.