Las autoridades sanitarias nacionales dispusieron la creación de un sistema identificatorio para el ganado bovino con destino a mercados externos, que incluye a los establecimientos de cría vacuna con engorde a corral y representa la implementación de un control de trazabilidad en el sector ganadero. El denominado sistema de identificación de ganado bovino para exportación deberá aplicarse en forma obligatoria en todos los campos inscriptos en el registro de establecimientos rurales proveedores de hacienda para faena de animales que se venderán a plazas europeas, consigna la normativa oficial. El sistema consiste en identificar a los vacunos con caravanas que deberán colocarse en la oreja izquierda de los animales, que tendrá al frente un código no repetible y al dorso el número de Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (Renspa) del productor que registra al vacuno. El Senasa, por su parte, asignará un rango de numeración a cada empresa fabricante, que será correlativa para las caravanas de su producción.La obligatoriedad del cumplimiento de esta resolución entrará en vigencia en 90 días. Además, el Senasa precisó que la disposición será obligatoria para los animales nacidos con posterioridad a la entrada en vigencia de la resolución oficial, "en un plazo no mayor al destete" de los terneros y antes de remitir cualquier animal a la faena. Otra de las especificaciones de la norma se refiere a los establecimientos alcanzados por la resolución, respecto de los cuáles indica que deberán llevar un libro de registro de movimientos y existencias de haciendas.
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