La nueva ley de partidos políticos, que permitiría ilegalizar a Batasuna como partido político, fue aprobada el 27 de junio de 2002. La ley establece que el proceso total para ilegalizar un partido político puede durar hasta seis meses desde la presentación formal de la fiscalía o el gobierno ante el Tribunal Supremo. La ley es clara: "Un partido será declarado ilegal cuando su actividad vulnere los principios democráticos". En la resolución judicial, de 375 páginas, el juez de la Audiencia Nacional española Baltasar Garzón califica como "crímenes contra la Humanidad" las acciones de ETA, "en la que se encuadra Batasuna", además de las formaciones de las que deriva, Herri Batasuna (HB) y Euskal Herritarrok (EH). * La ley contempla que se puede ilegalizar un partido cuando se vulneran sistemáticamente las libertades y derechos fundamentales. Pero hace incapíe en que se promuevan, se justifiquen o se exculpen los atentados terroristas y se de apoyo político expreso o tácito al terrorismo, legitimando sus acciones o exculpando y minimizando su significado. (artículo 9) * También, según el artículo 9 de la ley de partidos políticos, se puede ilegalizar un partido por fomentar, propiciar o legitimar la violencia; complementar y apoyar políticamente las acciones terroristas; y promover, dar cobertura o participar en homenajes a los que cometen las acciones violentas. * Pueden solicitar la ilegalidad de un partido político y su consecuente disolución, el gobierno por sí mismo o a instancia del Congreso, el Senado o también la Justicia. * La disolución del partido político debe llevarse a cabo por decisión de la autoridad judicial. * Durante el proceso, el Tribunal Supremo puede acordar, como lo hizo, la suspensión cautelar de la actividades del partido hasta que se dicte sentencia. * A Batasuna sólo cabría la presentación de un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional como última instancia luego de conocer el fallo. * Tras notificarse del fallo en el que se acuerde la disolución, se procedería al cese inmediato de toda actividad del partido y a la liquidación de todos sus bienes. * La ley que permitiría ilegalizar a Batasuna prevé que no se pueda constituir un nuevo partido político, con distinta denominación, que suceda al anterior.
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