Paul Krupnik tiene apenas dos años y medio de profesión, pero ya lleva varios casos en el foro local defendiendo a barrabravas reincidentes, policías acusados de apremios y exacciones ilegales, y otra serie de imputados en resonantes causas penales. En poco tiempo, ya aprendió hasta dónde llega su responsabilidad. Que alguien quede libre tras haber cometido un delito grave no es un tema que lo desvele. "Eso le debe preocupar al fiscal porque fue él quien no pudo juntar la prueba necesaria para la condena: si el tipo es un peligro social y no está preso no es culpa mía". Aunque a los legos en materia de derecho les cueste aceptarlo, la "verdad" para la ley es básicamente un problema metajurídico. "No hay otra verdad que la que está en el expediente: lo que no está ahí no está en el mundo, aunque la realidad no se condiga con lo que consta en el proceso", afirma Krupnik. Tenerlo claro, por ejemplo, permitiría entender el desenlace de muchos juicios que contradicen, "a Dios gracias", la presunción popular. Porque se trata de condenar únicamente en presencia de pruebas. "Eso hace a las garantías: no se puede poner gente presa por presunción, indicio o sospecha; se tiene que probar". "El límite para defender es subjetivo: si un delito me repugna no lo tomo porque no puedo ejercer la defensa con la diligencia y corrección necesarias. Creo, por ejemplo, que no defendería un tema de violación o cierto tipo de homicidio", dice. Krupnik fundamenta por qué es clave la defensa. "Hace al estado de derecho y al equilibrio de fuerzas: por la Constitución, hasta que se demuestre lo contrario toda persona se presume inocente y tiene derecho a ser defendida". Para eso el Estado tiene órganos predispuestos: "El fiscal, que debe demostrar la culpabilidad, y el defensor, que debe defender dentro de las pautas del Código Procesal, el decoro y la ética".
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