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 domingo, 19 de noviembre de 2006  
Un fallo judicial deja al descubierto las falsedades de las actas policiales

María Laura Cicerchia / La Capital

El primer documento policial por el crimen de Carlos Gauna instaló la versión de que el joven murió en un enfrentamiento con uniformados. Pero aunque presentaba los hechos de un modo favorable al policía que le disparó, ese mismo escrito se convirtió en una prueba de peso en la condena a 12 años de prisión que le impusieron al agente por el homicidio. La sentencia dictada contra el policía Rubén Darío Blanco no sólo le reprocha haber disparado sin motivo a la cabeza del muchacho. También clarifica cómo se activó la maquinaria de encubrimiento institucional para presentar su muerte como un caso de legítima defensa. Un procedimiento que, según se desprende del fallo, se ejecutó mediante una fórmula repetida: el falseamiento del acta preventiva.

Esa conclusión arroja la lectura de las 64 páginas en las que el juez de Sentencia Antonio Ramos examinó la actuación de tres policías en el crimen de Gauna. A cuatro años de uno de los casos más resonantes de gatillo fácil en la ciudad, luego de innumerables marchas de los familiares del muchacho para esclarecer su muerte, y al cabo de una sinuosa investigación judicial, no parece novedosa la comprobación de que se incluyeron datos falsos en el acta de la policía.

Pero en los primeros momentos la versión policial del fuego cruzado condicionó la pesquisa, al punto de que un juez archivó el expediente con el efectivo en libertad al entender que respondió de modo proporcional a un ataque previo. Luego, otro magistrado interpretó que no hubo enfrentamiento y lo encarceló. La condena, que aún no está firme porque fue apelada, verificó ahora que la de Gauna fue una muerte injustificada.

El 3 de noviembre pasado Blanco fue condenado a 12 años de prisión por matar de un disparo en la nuca al joven Carlos Gauna en un baldío de barrio Ludueña, el 8 de agosto de 2002. Le impusieron además la obligación de pagar en forma solidaria con la provincia de Santa Fe una indemnización de 480 mil pesos a la madre del chico, Gladys Gauna, en razón de la pérdida de chance económica y del profundo daño psicológico que le causó la muerte del joven de 20 años.

Asimismo, la sentencia castigó, por tergiversar los hechos, a dos superiores de Blanco acusados de insertar datos falsos en el acta que da inicio al expediente, la número 7734/02 del Comando Radioeléctrico. Se trata de Carlos Antonio Gómez, quien iba en la patrulla con Blanco, y de José Alfredo Soria, titular de la comisaría que concentró de la investigación. A ambos les impusieron dos años de prisión condicional por falsificación de documento público.

En el dictamen judicial se detallan los mecanismos que se pusieron en juego para presentar la muerte de Gauna como resultado de un acto defensivo: se pone de manifiesto que se atribuyó al muchacho un arma que no portaba, que se omitieron datos clave en el acta y que hubo contradicciones entre los mismos policías que fueron al lugar.


Un escenario alterado
La noche de su muerte, Carlos Gauna estaba con unos amigos en el predio de una fábrica abandonada de Urquiza y Larrea, un baldío con tapial en el que también había otras personas, al parecer sustrayendo maquinaria en desuso. Entonces el vecino Fernando Ponce llamó a la policía al ver a dos sujetos trepados a su tapial lindero al baldío. Un patrullero del Comando ocupado por Blanco y Gómez llegó al lugar. El primero de ellos solicitó una escalera para espiar hacia el terreno y desde allí disparó tres veces su arma reglamentaria 9 milímetros. En su declaración, no obstante, Blanco alegó que le dispararon desde el descampado y que él "repelió la agresión".

Una cuestión que resaltó el juez Ramos al desbaratar la versión policial es que sólo tres disparos retumbaron esa noche en el baldío: los que salieron del arma de Blanco. Siete vecinos declararon de modo coincidente haber escuchado "tres tiros seguidos", "uno atrás del otro" y "de una sola arma". En ese sentido, el magistrado consideró probado que Gauna no portaba arma ni estaba en condiciones de disparar.

"Al momento de recibir el disparo de ninguna manera el herido aparece enfrentado al tirador, sino que su postura indica su intención de alcanzar el boquete (para salir). Si Gauna estaba en esa situación, no dispara contra Blanco. Tampoco tuvo el arma ya que debió aparecer cerca de su cuerpo al momento de recibir el disparo", observó el juez.

El arma que le adjudicaron al muchacho era un revólver calibre 32 con la numeración recién limada. El propio Blanco dijo haberla encontrado entre unos pastizales altos, a un metro y medio del lugar donde el chico quedó tendido tras recibir un tiro en la nuca. El "hallazgo" ocurrió cuando la ambulancia ya se había llevado al muchacho y varias personas habían pasado por el lugar sin verla. El policía imputado sostuvo que en un "segundo rastrillaje" recién detectó el revólver que el parte policial atribuyó al joven fallecido.

Tras analizar las declaraciones de los policías que acudieron al lugar, Ramos concluyó que el arma no estuvo en manos de la víctima. La enumeración de funcionarios allí presentes que se detalla en el acta, para el juez, buscaba el efecto de potenciar la credibilidad del documento. "Pero ninguno de los presentes dice haber visto el revólver. Esto vulnera nuevamente la calidad del documento y la verosimilitud de lo allí detallado".

El fallo remarca que los efectivos de mayor rango se mostraron sugestivamente inactivos: no ordenaron pruebas decisivas para resguardar y peritar el arma. Quien sí observó el revólver es el fotógrafo policial, que llegó más tarde y fue conducido directamente al punto del baldío donde estaba el revólver. Esto, según el dictamen, fortalece la presunción de que fue incorporada a la escena después de que el cuerpo de Gauna fue retirado del lugar. Para Ramos, en suma, no puede sostenerse que el arma haya sido "encontrada" como se relata en el acta.

"Estoy en condiciones de poner en crisis la existencia del enfrentamiento y la innecesariedad del accionar del encartado. El imputado no debió actuar como lo hizo, no hay pruebas concluyentes del enfrentamiento. Tampoco del empleo y la existencia del arma el tiempo que despliega su conducta", concluyó el magistrado, quien señaló que aún si hubieran existido disparos previos, Blanco podría haberse puesto a resguardo tras el tapial o "recurrir a otra forma de controlar la situación".
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Gladys Gauna encabezó varias marchas para pedir el esclarecimiento de la muerte de su hijo Carlos.

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