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 jueves, 24 de agosto de 2006  
Apuntaron al actual y al anterior presidente comunal y a una jueza de Faltas
Procesaron a autoridades de Pujato por usar radares a pesar de que no estaban autorizados
El fallo fue dictado por la Justicia a raíz de las denuncias de varias víctimas residentes en Rosario

Pablo R. Procopio / La Capital

La Justicia confirmó que los radares de Pujato no eran otra cosa que una trampa cazabobos. Tres funcionarios de esa población, distante a unos 25 kilómetros de Rosario, fueron procesados como "probables autores del delito de exacciones ilegales" por seguir utilizando el sistema de cinemómetros para el control de velocidad a pesar de que el gobierno de la provincia lo había prohibido expresamente.

El fallo hizo lugar a las denuncias presentadas por unas 15 personas residentes en Rosario que fueron "víctimas" del uso irregular de tres aparatos que, además, violaban la reglamentación legal.

El 20 de septiembre de 2003, la Subsecretaría de Transporte de la provincia suspendió el uso de los llamados radares en la comuna de Pujato. En otras palabras, se les dijo a las autoridades de allí que dejaran de hacer multas y que no se aplicaran sanciones ni se cobrara a quienes condujeran a mayor velocidad que la permitida (60 kilómetros por hora sobre la ruta nacional Nº33 en jurisdicción de esa localidad).

No obstante, en el pueblo siguieron en la misma tesitura aun cuando comenzaron las reacciones de la gente que recibía las correspondientes actas. Como si esto fuera poco, desde abril de 2004, la resolución provincial alcanzó a todos los municipios y comunas santafesinos. Pero en Pujato continuaron haciendo caso omiso.

El juzgado en lo Penal de Instrucción y Correccional de Casilda, a cargo de Silvia Nogueras, comenzó a investigar y determinó que el presidente comunal de Pujato, Mario José Gatti; la jueza de Faltas de la misma localidad, Miriam Beatriz González; y el ex jefe de la comuna, Héctor Emiliozzi, incurrieron en el "supuesto delito de exacciones ilegales" y, en algunos casos, de "abuso de autoridad" por solicitar el cobro indebido de infracciones por alta velocidad en la traza vial que atraviesa el pueblo.

"En un momento, los responsables del gobierno local pretendieron ampararse en una resolución que avalaba el uso del radar por parte de una empresa privada y no por las comunas, por lo que la provincia negó igualmente el uso del cinemómetro", dijo uno de los abogados patrocinantes en las diferentes causas.

Otro de los letrados que se involucró en la cuestión es Horacio Corbacho, a quien le llegó una carta de un ejecutor a través de la que se le reclamó un pago a pesar que nunca antes había sido notificado del exceso de velocidad. De este modo, se constituyó como actor civil e impulsó el proceso.

Es más, la Justicia determinó que desde la comuna se enviaban las actuaciones a través de un correo privado no autorizado por la Nación "sin mención de nombre o razón social y que no goza de la fe pública".

Los montos que se pretendían percibir comenzaban en general en los 300 pesos y solían terminar en los 800 y mil pesos en caso de que no hubiera una defensa.
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La noticia cayó como un balde de agua fría en Pujato.



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