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 sábado, 17 de junio de 2006  
El gobierno proyecta modificar la inscripción de recién nacidos
Buscan que los pequeños puedan llevar los apellidos del padre y de la madre

El ministro del Interior, Aníbal Fernández, sostuvo ayer que el proyecto que se enviará al Congreso para modificar la ley que regula las inscripciones de los recién nacidos busca avanzar en la disposición de que los bebés lleven un doble apellido para "fortalecer los derechos de los niños" y consolidar la "individualización de la persona".

"Esta propuesta, que tiene que ver con acercarnos a los derechos del niño, consiste justamente en la incorporación del apellido materno al paterno en los casos de nacimientos", precisó Fernández.

En declaraciones a radio América y Mitre, el titular de la cartera política señaló que el proyecto que el Ejecutivo nacional girará al Congreso la semana próxima contiene dos modificaciones en torno a la inscripción de los recién nacidos.

La primera reforma está destinada a modificar el decreto-ley 8.204 de 1963 que regula los tiempos de inscripción de los recién nacidos en los registros civiles.

"Hasta este momento, la inscripción de los recién nacidos la debían efectuar los padres hasta los 40 días con el certificado de nacidos vivos que firmaba el médico, después de ese lapso y hasta los 6 años había que inscribirlo con la colaboración del Ministerio Público y luego por orden judicial", dijo.

Pero "ahora se está cambiando la forma y si bien permanece lo de los primeros 40 días para que los inscriban los padres, luego, entre el día 41 y el 60, lo hará directamente el Registro Civil de oficio".

"Esto es un cambio cualitativo fenomenal porque nos garantiza que no nos queden chicos sin inscribir", aseguró el ministro.

Por otra parte, la restante modificación que integrará el proyecto del Ejecutivo apuntará a cambiar la ley 18.248, establecida en 1969, que "contenía un montón de rémoras y de errores", según evaluó Fernández.

"Esa ley concebía al nombre como un atributo natural de la persona, que tenía el derecho y la obligación de usarlo, pero creemos que debe ser más que eso y que, en cambio, debe apuntar a la individualización y la identificación de la persona misma", aseguró.

Puntualmente, el ministro explicó que "uno de los puntos fundamentales, que busca como objetivo fortalecer los derechos del niño, es la modificación que establecerá el doble apellido".

Esto implicará que los recién nacidos reconocidos por ambos padres, a partir de la aprobación de la ley en el Congreso, deberán llevar los dos apellidos: el del padre en primer lugar y luego el de la madre.

Además, entre otros de los puntos que se incluyeron en el documento, figura aquel "que hace más amplio el concepto de la elección del nombre de pila" dado que "existían muchas limitaciones y hoy la única que ponemos es cuando sean nombre de difícil fonética y grafía", señaló Fernández. (Télam)
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