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 sábado, 01 de abril de 2006  
Una situación anormal complica la distribución de gas

A raíz del reclamo de estacioneros de GNC que se sienten perjudicados por la restricción del fluido, la empresa Litoral Gas informó en torno a la situación planteada y salió al cruce de algunas imprecisiones expuestas por los afectados.

En ese sentido remarcó que "un contexto ajeno a nuestras decisiones nos colocan en una situación anormal, que sin duda contradice al espíritu de desarrollo y crecimiento que demostró tener Litoral Gas y toda la industria del gas en general en su primera década de gestión".

Además indicó que "desde hace algunos años, el país está atravesando por una situación de desequilibrio entre la oferta (principalmente a nivel de producción y capacidad de transporte y no, en cambio, a nivel de capacidad de distribución) y la demanda de gas natural, potenciada esta última por el menor nivel de precios del gas natural con respecto a otros combustibles y el mejoramiento de los ingresos y de la actividad productiva".

También recordó que "desde 2004 el Poder Ejecutivo Nacional y la Secretaría de Energía de la Nación han emitido diferentes normas modificando el escenario de la industria del gas e introduciendo importantes cambios en el sistema".

"Dentro de las nuevas normas -agrega-, el decreto 180/04 del Poder Ejecutivo modificó las características de prestación del servicio para estaciones de GNC, creando las siguientes condiciones especiales: venta firme y venta interrumpible".

Sobre este aspecto destaca que "la condición venta firme sólo le fue asignada a las estaciones existentes a la fecha de promulgación del decreto (febrero 2004). Las GNC cuya factibilidad fue otorgada con posterioridad al decreto, dada la situación de la capacidad de transporte sólo tienen disponible el acceso al servicio por venta interrumpible".

Por otra parte, el Reglamento de Servicio de Distribución de Gas Natural por Redes (decreto 2255/92) establece que ante una situación de restricción de suministro los servicios interrumpibles deben ser restringidos antes que los servicios firmes, siendo los últimos que pueden sufrir restricciones los usuarios residenciales, P1 y P2.


Servicio interrumpible
"Cabe destacar que la característica de servicio interrumpible no es nueva, sino que data de 1993 y viene siendo utilizada desde entonces por usuarios industriales", señala y agrega que "cada cliente que efectúa un contrato de servicio con Litoral Gas es previamente informado y asesorado al respecto, y, en el caso específico de las nuevas GNC con servicio interrumpible, en forma expresa sus titulares han acreditado conocer la normativa referida al tipo de servicio y han confirmado un total acuerdo con dicho tipo de contrato".

Más adelante expone que "ante la falta suficiente de capacidad de transporte, y de acuerdo a la aplicación del reglamento de servicio mencionado, se encuentran sujetas a restricción 20 estaciones de GNC y 46 industrias, todas ellas con servicio interrumpible".

Litoral Gas también apuntó que "desde el inicio de nuestra gestión trabajamos para brindar a nuestros clientes un servicio de calidad y fiabilidad, con la profunda vocación de extender las fronteras del gas natural para poder brindar el servicio a más hogares, comercios e industrias de nuestra zona".
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