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 miércoles, 27 de abril de 2005  
Peligro señalado por escrito

En la tortuosa relación entre Carina Torres y el entonces policía Juan Ramón Farías se habían dado demasiadas señales de que todo podía terminar mal. La joven enfermera había denunciado tres veces a su ex marido en la Justicia penal por amenazas con su arma reglamentaria. Incluso le habían retirado la pistola, pero de algún modo Farías volvió a portarla e incluso quedó a cargo de una comisaría. Todo esto llevó al juez Julio Kesuani a considerar que la provincia tiene responsabilidad indirecta en la muerte de la mujer. Por tanto, el Estado santafesino y el detenido deberán hacerse cargo en forma conjunta de la demanda por 60 mil pesos por daño moral y patrimonial.

El juez hizo lugar a la indemnización a raíz de la corta edad del hijo de la víctima, el "desamparo educativo y afectivo" en que quedó y "las privaciones espirituales de dirección, consejo y comprensión maternal", además de los gastos destinados a procurar su estabilidad psíquica.

La provincia fue responsabilizada porque, a criterio del juez, no cumplió como debía con la obligación de vigilancia de ese empleado y e hizo una "mala elección de su dependiente". El juez destacó que el Estado tiene la obligación de velar por la calidad psíquica de sus integrantes.

Y no faltaron señales de alerta. Farías registraba una denuncia en su contra por parte de la victima del año 1999, por lesiones y amenazas, en el juzgado Correccional Nº 2. Ya entonces le habían quitado su pistola reglamentaria. El mismo año, en Correccional 4ª, la mujer lo denunció por abuso de armas y lesiones. En 2000, por lesiones, daño y violación de domicilio. Nuevamente le quitaron el arma. El policía acumulaba además varias sanciones disciplinarias por inobservancia de los reglamentos.

Desde el Equipo de Violencia de la Dirección de Minoridad asesoraron a la joven y constataron que a principios de diciembre de ese año el policía "le destrozó la casa y la golpeó casi hasta matarla, por lo que estuvo unos 20 días preso".

"Surgía la necesidad de seguimiento del procesado para evitar futuros riesgos a terceros, y en especial a la persona que ya lo había denunciado. Más aún cuando tenía autorización para portar el arma. La provincia no puede considerarse ajena en la responsabilidad de la tragedia causada", indicó el magistrado.
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