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 miércoles, 23 de mayo de 2007  
Cotar no pagará los costos de las obras nacionales de gas
La Justicia ordenó a Litoral Gas que suspenda el cobro de los cargos específicos

Sandra Cicaré / La Capital

La Justicia Federal de Rosario ordenó a la empresa Litoral Gas que suspenda el cobro de los cargos específicos —destinados al repago de obras de ampliación de gasoductos— a la Sociedad Cooperativa de Tamberos de Rosario (Cotar).

Así, el Juzgado Federal Nº 1 a cargo de Héctor Zucchi, hizo lugar a la medida cautelar solicitada por la cooperativa láctea rosarina que planteó en principio la inconstitucionalidad de la ley que regula los fideicomisos para el desarrollo de obras de infraestructura energética.

Por eso, a través de la cautelar el juez ordena se suspendan los cobros que a tal efecto realiza la distribuidora de gas, Litoral Gas, a la cooperativa hasta tanto se resuelva la cuestión.

El abogado patrocinante de Cotar, Mario Armas, explicó que “se inició un juicio por considerar que toda la normativa que regula los fideicomisos de los cargos específicos que estableció el Poder Ejecutivo es inconstitucional”.

Se trata de la ley 26.095, del decreto del Ejecutivo 1216/2006, de la resolución del Ministerio de Planificación Nº 2008/2006 y la del Ente Nacional Regulador del Gas 3689/2007.

“Muchas empresas lo pagan, otras lo hacen bajo protesto y nosotros decidimos hacer la presentación porque consideramos que esta legislación es un verdadero impuesto disimulado”, dijo Armas.

Por caso, el gerente general de Cotar, Bernardo Arocena, explicó que estos cargos son “realmente significativos” y puntualizó que en las últimas facturas representan tanto como el consumo”.

En ese sentido, el abogado patrocinante lo graficó con un ejemplo: “En la facturación la cooperativa pagaba habitualmente unos 25 mil pesos y le llegó por los cargos una de 55 mil pesos, un monto imposible de pagar”, dijo.

La resolución del juzgado federal de Rosario sienta un precedente de peso para el resto de las compañías que están abonando este cargo y lo hicieron bajo protesto. Aunque se trata de la primera presentación, fuentes del sector aseguraron a La Capital que otras compañías hicieron presentaciones similares ante la justicia.

Por otra parte, el accionar de las empresas y el respaldo jurídico que obtuvieron surgen en un momento en que el Enargas aparece seriamente cuestionado en el caso Skanska y vuelve a poner en tela de juicio el manejo de los fondos destinados a obras de infraestructura de gran envergadura como los gasoductos.

El respaldo jurídico.
La resolución firmada por Zucchi establece que “se suspenda el cobro de los cargos específicos destinados al repago de obras de ampliación de gasoductos” mientras dure el juicio por inconstitucionalidad de las leyes del Ejecutivo y además respalda el argumento de Cotar cuando plantea que se trata de “una delegación de facultades que de acuerdo a la Constitución nacional se encuentran expresamente reservadas al Poder Legislativo”.

Por otra parte, señala en sus considerandos que la cooperativa acreditó voluntad de pago. Cotar pagó en febrero sólo lo correspondiente a consumo. Teniendo en cuenta que la láctea se presentó en concurso preventivo, el juez entiende que “hacer frente a este incremento tarifario que surge de la aplicación de la ley cuestionada implicaría que una eventual sentencia favorable fuera de cumplimiento imposible”.

Finalmente, el abogado de Cotar explicó que de esta forma queda resguardada la prestación del servicio de gas para la cooperativa.
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En Cotar consideran que los cargos son insconstitucionales.



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