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 sábado, 20 de mayo de 2006  
Causa Amia. Fallo de Casación Penal
Amia: confirman la absolución de la conexión local
Ratifican la decisión del Tribunal Oral de declarar inocentes a Telleldín y al ex comisario Ribelli, entre otros

La Cámara de Casación Penal rechazó planteos de la Fiscalía y la querella y confirmó la sentencia del Tribunal Oral Federal Nº (TOF 3) que declaró la nulidad de la causa por el atentado a la Asociación de Mutuales Israelitas Argentinas (Amia) y absolvió a todos los procesados por el hecho.

Contra la decisión de la Sala II del alto tribunal en lo criminal, a la Amia, a la Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas (Daia), al fiscal Raúl Plee y a familiares de las víctimas del ataque a la mutual judía sólo les queda el recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia.

El fallo volvió a favorecer a quienes estuvieron procesados y habían sido enviados a juicio: Carlos Alberto Telleldín, Juan José Ribelli, Raúl Ibarra, Mario Barreiro, Anastasio Leal, Bautista Huici, Marcelo Albarracín, Alejandro Burguete, José Arancibia, Oscar Bacigalupo, Jorge Rago, Juan Battegal y Diego Barreda.

La resolución (300 carillas), unánime y con la firma de los camaristas Juan Fégoli, Pedro David y Gustavo Mitchell, contiene múltiples críticas al ex juez federal Juan José Galeano, quien instruyó el sumario durante casi una década y fue destituido por su desempeño en el caso.

Por eso, el tribunal remitió copias del fallo al juez federal Ariel Lijo, quien tramita la causa por las presuntos delitos cometidos durante la instrucción del caso.

Hace un mes, cuando presentaron sus recursos, Plee y los querellantes (Amia, Daia y familiares), sin bien admitieron deficiencias en la instrucción, afirmaron que el TOF 3 fue arbitrario y que la causa no se debió anular por existir pruebas sobre la responsabilidad de quienes estaban imputados.

La querella dijo que fue "injusta" la evaluación que hizo el TOF 3 cuando consideró que hubo una "versión arquitectónicamente armada" para "brindar sustento probatorio a una hipótesis falsa".

La Sala II de la Cámara, en cambio, mencionó "irregularidades" que, por haber sido cometidas al principio de la investigación, afectaron al resto de la pesquisa sobre el atentado que, perpetrado el 18 de julio de 1994, provocó 85 muertos, centenares de heridos y multimillonarios daños materiales.

La Cámara recordó conceptos del fallo del TOF 3 sobre lo que se mencionó como "la actividad informal y subrepticia del Estado" para "obtener la declaración de Telleldín".

En ese sentido, destacó "ilegalidades" a partir de enero de 1995, con la apertura de la línea de investigación denominada "Brigadas", que involucró en el ataque al edificio de la calle Pasteur 633 a policías bonaerenses de Vicente López y Lanús.

Entre las anomalías apuntadas por los camaristas figuran el pago de 400.000 dólares y las "entrevistas" (autorizadas por Galeano) a Telleldín por parte de ajenos al proceso.

La Cámara agregó que, "más allá de las nulidades decretadas, existe el legítimo derecho a conocer acabadamente lo ocurrido y a que los culpables sean efectivamente castigados".
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Ribelli se retira de Tribunales junto a su mujer.

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