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sábado,
20 de
mayo de
2006 |
Editorial
La elección de los jueces
Acotar o restringir las facultades que el gobernador de Santa Fe tiene en la nominación de los magistrados supone resquebrajar la base del sistema republicano. La terna de candidatos que confecciona el Consejo de la Magistratura no es vinculante, por lo tanto el mandatario tiene libertad para elegir.
La propuesta, por parte del gobernador de la provincia Jorge Obeid, de enviar a la Legislatura a un aspirante a juez de la ciudad de Rosario, que se encuentra en segundo lugar en la terna elegida por el Consejo de la Magistratura, generó hace unos días malestar en el Colegio de Abogados de Rosario. Sin dejar de reconocer el valorable y plausible trabajo realizado por esta institución a favor de la Justicia y de un Poder Judicial más eficiente, es menester señalar que acotar o restringir las facultades que el gobernador tiene en la nominación de los magistrados supone no sólo debilitar derechos que legítima y constitucionalmente le corresponden al poder político, sino que resquebrajan la base del sistema republicano.
Debe decirse que los jueces en la provincia de Santa Fe son elegidos mediante un meticuloso proceso y conviene recordarlo: los aspirantes se presentan para cubrir el cargo vacante y el Consejo de la Magistratura, integrado por un representante del gobernador, uno del Ministerio de Gobierno, del Colegio de Magistrado, de la Corte Suprema de Justicia y del Colegio de Abogados, luego de una serie de pruebas, antecedentes, registro de oposición y entrevistas personales eleva una terna al mandatario provincial para que elija a uno y envíe el correspondiente pliego a la Legislatura para ser aprobado.
Cabe destacar también que la propuesta del Consejo de la Magistratura no es vinculante (como bien lo reconoce el Colegio de Abogados) y que por imperio constitucional el gobernador podría, si así lo decidiera, designar a cualquier persona como juez sin aceptar la propuesta del mencionado Consejo. No obstante, y desde la creación de este organismo, los sucesivos gobiernos provinciales no sólo que han respetado la decisión del organismo, sino que, salvo en pocos casos, siempre se designó al primero en la terna aunque esto haya sido de carácter voluntario por parte del poder político.
En estos días, el gobernador, haciendo uso de sus legítimas facultades, determinó que fuera el segundo de la terna el aspirante cuyo pliego fuera enviado a la Legislatura para su homologación. Cabe destacar que el segundo en cuestión se encuentra apenas a medio punto del primero, lo que en rigor de verdad supone un empate técnico. Sin embargo, el Colegio de Abogados ha formulado sus reparos.
Más allá de considerarse que los demás miembros del Consejo de la Magistratura no se han sumado a esta preocupación, que no parece estar ajustada a derecho, se destaca como una verdadera pena que no haya habido consenso absoluto y tolerancia a la decisión política. Máxime cuando esta decisión no es ilegítima y, por el contrario, responde a todas y cada una de las cláusulas constitucionales.
Si bien es menester mejorar todo lo que atañe al Poder Judicial, no es mediante el cuestionamiento a menudo injusto que se hace de los jueces, desde distintos sectores políticos y sociales, como se arribará al resultado por todos deseado.
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