Año CXXXVII Nº 49109
La Ciudad
Política
Economía
Información Gral
El Mundo
La Región
Opinión
Escenario
Policiales
Ovación
Cartas de lectores


suplementos
Educación


suplementos
ediciones anteriores
Salud 03/05
Página Solidaria 03/05
Turismo 30/04
Mujer 30/04
Economía 30/04
Señales 30/04
Educación 29/04
Estilo 29/04
Autos 27/04

contacto

servicios
Institucional


 sábado, 13 de mayo de 2006  
El Estado jujeño deberá devolver tierras a comunidades indígenas

San Salvador de Jujuy.- La justicia jujeña ordenó al Estado de la provincia entregar en un plazo de 15 meses tierras que según consideró en el fallo pertenecen a las comunidades indígenas de Quebrada, Puna y Rama, indicaron hoy organizaciones locales en un comunicado.

La Comisión de Participación Indígena (CPI), órgano consultivo integrado por representantes del Programa de Regularización y Entrega de Tierras a los Pueblos Originarios de Jujuy, reportó el fallo, emitido por el Tribunal Contencioso Administrativo.

El tribunal ordenó al estado entregar en un plazo de 15 meses las tierras en propiedad, según el nuevo derecho, a las comunidades indígenas de Quebrada, Puna y Rama.

El documento confirma disposiciones del Convenio 169 de la OIT, según las cuales el estado debe consultar a los pueblos indígenas en asuntos en los que se encuentren involucrados, como gestión de recursos naturales, explotación económica en sus territorios y cuestiones ambientales.

Las organizaciones indígenas anunciaron que el jueves, en la sede de la Asociación Warmis Sayajsunqo, de la ciudad de Abra Pampa, 200 kilómetros al norte de esta capital, se celebrará una asamblea de todas las comunidades.

El fallo, con el voto favorable de los jueces Benjamín Villafañe y Luis Oscar Morales, y la disidencia de Celestino González, fue considerado “un hecho histórico para los pueblos indígenas”.

“Es el primero que emite disposiciones generales para efectivizar la entrega de las tierras a las comunidades, a quienes reconoce como sujetos de derecho colectivo y como actores fundamentales en el proceso de definición de políticas públicas orientadas a cumplir con el marco jurídico que tutela sus derechos”, sostuvieron las organizaciones.

La Constitución Nacional reconoció en 1994 a los pueblos originarios como personas jurídicas y garantizó derechos ancestrales, como la posesión de las tierras que tradicionalmente ocuparon.

También obliga al estado a regular otras para pueblos desplazados y los reconoció como actores legítimos en cuestiones que afectan la vida de sus comunidades.

El fallo fue dictado en el marco de la acción de amparo promovida en agosto de 2003 por los integrantes de la CPI.

La acción judicial “fue impulsada a raíz de la lentitud y los obstáculos registrados en el proceso de entrega de tierras por parte del Estado Provincial, que al efecto había implementado un Programa con financiamiento de la Nación”, sostuvo el comunicado.

Las comunidades “no sólo habían denunciado incumplimiento por parte del Estado, sino que habían observado que a través de órganos como el Instituto Jujeño de Colonización y la Dirección de Inmuebles el propio Estado estaba vulnerando derechos, al avanzar en la entrega de tierras -según el antiguo derecho- en lugares señalados como territorio de las propias comunidades”, agregó.

En Jujuy sólo se entregaron tres títulos de propiedad comunitaria, cuatro expedientes más están concluidos sin entrega de escrituras, mientras más de cien comunidades esperan que sean restituidas sus tierras. (DyN)


enviar nota por e-mail
contacto
Búsqueda avanzada Archivo

  La Capital Copyright 2003 | Todos los derechos reservados