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 martes, 13 de septiembre de 2005  
El pueblo no será el único beneficiario de la herencia
El cuantioso monto podrá ser utilizado para acciones sociales, educativas y culturales en todo el país

La escribana Haydé Raquel Barcan fue la encargada de redactar el testamento que le dictó verbalmente María Bigand el 10 de diciembre de 2001 en la Capital Federal, dos años y cuatro meses antes de morir.

La fortuna de la heredera de Bigand resulta de "instrumentos públicos y documentos, títulos, bonos de la deuda externa nacional o cualquier otro depósito bancario y de otra naturaleza como también muebles y demás objetos y valores que a la fecha de su fallecimiento se encuentren en su domicilio".

Según el escrito la fundación que se creará tenderá a resolver necesidades sociales y de otra índole en el país. "Tendrá por objeto la construcción y equipamiento de escuelas, instituciones educacionales y culturales, bibliotecas, hospitales, sala de auxilios, puestos sanitarios, hogares de ancianos y de discapacitados, y cualquier otra entidad que lo requiera", se señala en el texto.

Asimismo, se indica que la entidad "podrá asistir a las personas necesitadas cualquiera sean las condiciones sociales, raza, religión y sexo" y especialmente "brindar ayuda a las víctimas de desastres climatológicos en todo el territorio nacional".

Además podrá "promover programas educacionales y culturales que permitan asistir a zonas desprotegidas y de extrema pobreza" y "crear o colaborar en la formación de centros de investigación médica relativos a temas genéticos, hematológicos y oncológicos -entre otros- favoreciendo la formación y capacitación de científicos compasivos y conscientes en toda la Argentina".

La futura fundación deberá prestar particular atención al "mantenimiento y desarrollo del Hogar de Ancianos, el hospital, la Escuela Nº 215 Octavia Ricardone de Bigand -la madre de María Octavia-, la capilla San Antonio y la iglesia Nuestra Señora del Luján", todos establecidos en esta localidad.

La mujer manifestó además que la fundación "no podrá vender ni enajenar los campos involucrados por el término de diez años a partir del último vencimiento de los contratos vigentes de arrendamiento que caducan en diciembre próximo".

Cuando eso ocurra, los actuales arrendatarios tendrán la prioridad de compra, una decisión que tranquiliza en alguna medida a muchos colonos que no pudieron cumplir con una serie de exigencias para renovar oportunamente sus contratos.

Los nuevos requisitos fueron revelados por el encargado de llevar adelante la ejecución del testamento, Luis María Nicolás Alaimo, quien hasta ahora se había negado sistemáticamente a mostrar el escrito que dejó María Bigand, a pesar de la insistencia por parte de la comuna.

Esa falta de predisposición de Alaimo de atender las inquietudes de los bigandenses y la intranquilidad que provocaron en los colonos las nuevas cláusulas para renovar sus contratos hicieron que un grupo de ellos se presentaran ante la Justicia para presentar un petitorio para que se reconsideren los requisitos y conocer el expediente. Fue entonces, cuando el magistrado interviniente, Horacio Liberti, les reconoció haber autorizado a Alaimo para llevar adelante la renovación de los contratos, aunque dijo desconocer sus exigencias.
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