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 miércoles, 06 de julio de 2005  
Condenan a jefes de la Federal por fraguar un procedimiento
Se valieron de métodos ilícitos para atrapar a un estafador a gran escala y consignaron mentiras en el acta

Buenos Aires.- Dos ex jefes de la División Defraudaciones y Estafas de la Policía Federal fueron condenados a un año y tres meses de prisión de ejecución condicional por fraguar un procedimiento para detener a un involucrado en una causa por estafas. Además de que permitió demostrar cómo dos altos responsables de una delegación policial caían por adulterar un operativo, el caso reviste importancia por otro aspecto: es el que sentó jurisprudencia para fundamentar que la prisión preventiva es inconstitucional. Ocurre que el imputado de la defraudación, Rodrigo Barbará, fue el primero en ser liberado por orden judicial a pesar de estar procesado por graves delitos, bajo la premisa de que no se puede estar privado de libertad sin que se demuestre que se es culpable.

La sentencia -dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal 22- recayó en el comisario Osvaldo Cabral y el subcomisario Jorge Fabián Luna a quienes se responsabilizó por "encubrimiento, incumplimiento de los deberes de funcionario público e instigación al falso testimonio" de un subalterno. A los policías se les imputó haber fraguado el procedimiento que permitió, en febrero de 2002, en la esquina porteña de San Juan y Boedo, la detención de Rodrigo Ruy Barbará imputado de una gran estafa con tarjetas de crédito. La denuncia señalaba que los policías habían recibido los datos de un "informante" (allegado a Ruy Barbará) identificado como Ramiro Portas, quien les había dicho cómo y a qué hora su cómplice iba a estar en el bar "Homero Manzi" y qué documentación llevaría consigo.

En el mismo juicio también fue condenado -a un año de prisión en suspenso- el oficial subinspector Sergio Soria por "falso testimonio" por cuanto el acta de detención de Ruy Barbará no reflejaba fielmente lo ocurrido. En ese documento se consignó que el "aspecto de las ropas" de Ruy Barbará no se condecía con el automóvil Audi al que iba a ascender. Pero de los dichos del "informante" no constaba ni una palabra. Al declarar ante los jueces el comisario Cabral confesó el hecho y sostuvo que "por la jerarquía que ostentaba y la función que desempeñaba asumía la culpa ahora" y que no lo había hecho antes por consejo de su ex abogado.

A su turno el subcomisario Luna adoptó un temperamento similar y admitió su "equivocación" por lo que pidió "disculpas a quien correspondiera".

Por su parte Soria dijo: "Recibí una orden y la cumplí", afirmó que no se encontraba "en posición de cuestionar" a sus superiores, aunque admitió que la intervención de "informantes" en las investigaciones es "moneda corriente".

Durante el proceso los camaristas Diego Pérez, Patricia Cusmanich y Héctor Vecino -con la intervención del secretario Eduardo María Fox- recrearon los hechos y escucharon una decena de testimonios antes de dictar su veredicto. Los dos jefes policiales (Cabral y Luna) fueron encontrados autores de los delitos de encubrimiento e incumplimiento de los deberes de funcionario público e instigadores del delito de falso testimonio. En tanto a Soria se lo responsabilizó por falso testimonio agravado por haber sido cometido en causa penal en perjuicio del imputado.

El abogado José María Orgeira (defensor de Soria) anticipó que planteará un recurso de Casación contra la sentencia para que la deje sin efecto. El "arrepentimiento manifestado" por los imputados fue tomado como un atenuante por los jueces que, como agravante, recordaron que eran "jefes de una importante repartición de la Policía Federal".

Como atenuantes los camaristas dijeron que "los motivos que los llevaron a delinquir en apariencia residen en una indebida concepción de lo que debe entenderse como eficiencia policial", esto es, dejar libre a un implicado y fraguar un procedimiento para atrapar al principal. (Télam)
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Los federales montaron un operativo.

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