Año CXXXVII Nº 48609
La Ciudad
Política
Economía
Información Gral
Escenario
La Región
El Mundo
Opinión
Policiales
Cartas de lectores


suplementos
Ovación
Salud
Autos


suplementos
ediciones anteriores
Turismo 19/12
Mujer 19/12
Economía 19/12
Señales 19/12
Educación 18/12
Salud 15/12
Autos 15/12

contacto
servicios
Institucional

 miércoles, 22 de diciembre de 2004  
Caso Bulacio: la Corte ordenará reabrir la causa
Acata así un fallo internacional por la muerte del chico en una comisaría, luego de salir de un recital de rock

Buenos Aires.- La Corte Suprema de Justicia ordenará mañana la reapertura de la causa en la que se investiga la muerte del adolescente Walter Bulacio -ocurrida tras ser detenido por la policía en 1991- al acatar un fallo internacional que consideró que se trató de un crimen de lesa humanidad, por lo tanto imprescriptible.

La decisión, que el máximo tribunal adoptará en el último acuerdo que celebrará este año, permitirá que se reabra la investigación que fue cerrada por la Cámara del Crimen hace casi tres años y por la que actualmente no hay detenidos.

Fuentes del máximo tribunal aseguraron que al menos cinco ministros están de acuerdo con acatar el fallo dictado el 3 de octubre de 2003 por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) "porque hay que respetar la decisión de un tribunal internacional".

Sin embargo, varios jueces, entre ellos Eugenio Zaffaroni, dejarían a salvo su opinión respecto de que "se trata de un delito común" y que "no se debe cargar al procesado la mora del Estado en dictar justicia".

Bulacio, de 17 años, fue detenido el 19 de abril de 1991 por policías de la seccional 35ª de esta capital, en la puerta del estadio Obras Sanitarias, donde se llevaba a cabo un recital del grupo de rock Patricio Rey y sus Redonditos de Ricota. Al día siguiente de su arresto, el adolescente sufrió un derrame cerebral, fue trasladado a un hospital sin que sus padres ni un juez de menores fueran notificados de su detención y murió cinco días después, presuntamente a raíz de las torturas sufridas y las malas condiciones de arresto.

La causa por la investigación llegó a superar los 17 cuerpos de 200 fojas cada uno, estuvo en manos de alrededor de 30 jueces de primera instancia, pero fue cerrada por la sala sexta de la Cámara del Crimen en febrero de 2002.

Ese tribunal sobreseyó definitivamente al único imputado, el ex comisario Miguel Angel Espósito, jefe de la comisaría 35, y dio por prescripta la acción penal al transcurrir 11 años sin encontrarse un culpable.

Ante esta decisión, el caso fue llevado a la CIDH por los abogados del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y de la Coordinadora contra la Represión Policial e Institucional (Correpi) y el tribunal condenó por primera vez al Estado argentino por violaciones a los derechos humanos cometidas en democracia, en el marco de esta causa.

El organismo consideró que la violencia policial que terminó con la vida de Bulacio es un delito de lesa humanidad que por lo tanto es imprescriptible y debe seguir siendo investigado hasta hallarse a los responsables.

Antes del fallo, el Estado argentino reconoció por primera vez su responsabilidad, en tanto que la CIDH ordenó que en la Argentina la causa fuera declarada imprescriptible y se investigue hasta hallar a los culpables. También dispuso que se modificaran leyes y prácticas policiales para evitar violaciones personales y que se indemnice a la familia Bulacio con 400 mil dólares.

El jueves pasado la defensa del ex comisario Espósito pidió a la Corte Suprema de Justicia que declare la nulidad de toda lo actuado en la causa desde 1994 hasta la actualidad. Lo hizo argumentando que el máximo tribunal ordenó ese año la prosecución del expediente, después de que Espósito había sido sobreseído, basándose en un pedido de una abogada que no era parte en la causa, María del Carmen Verdú, titular de la Correpi. (Télam)
enviar nota por e-mail
contacto
Búsqueda avanzada Archivo


  La Capital Copyright 2003 | Todos los derechos reservados