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 domingo, 29 de agosto de 2004

Defectos y virtudes de la norma electoral que regirá en Santa Fe
No hay objeciones al voto obligatorio de los ciudadanos, pero sí críticas a cuestiones políticas e ideológicas

Javier Felcaro / La Capital

El proyecto oficial de derogación de la ley de lemas en Santa Fe, que se cocina a fuego lento en el Senado, abrió un debate que superó el marco parlamentario con la entrada en escena de los constitucionalistas. Es que un testeo realizado por La Capital comprobó que las balanzas de los expertos también se dividen a la hora de inclinarse hacia el lado de los defectos y el de las virtudes.

El constitucionalista Iván Cullen dejó en claro que la reciente media sanción en Diputados de las internas primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias (según lo decida cada ciudadano) "es un paso importante para ir consolidando una reforma política que debe concretarse en otra de la Carta Magna provincial".

Cullen evaluó que las críticas al sistema que impulsa el oficialismo "no son atendibles, en cuanto postulan un regreso a las internas cerradas, con alguna variante, que sólo reforzará el monopolio injustificado de las candidaturas que tienen los partidos, permitiendo que los dirigentes las digiten".

Tampoco planteó objeción constitucional alguna a la obligatoriedad del voto por los ciudadanos "en una instancia de selección de candidatos que es previa e imprescindible a la etapa de elección de los representantes".

El ex convencional constituyente de 1994 subrayó, en ese sentido, que la posibilidad de eximir de sanción a quienes manifiesten su intención de no votar "elimina cualquier cuestionamiento".

Pero sí criticó que se mantengan "los monopolios de las candidaturas en cabeza de los partidos (un problema legal y no constitucional)". Y tildó de "error" la mención de postulantes independientes, "que deberían admitirse con ciertos requisitos y también ser sometidos a las primarias, equiparándolos a extrapartidarios".

Ocurre que, según la interpretación de Cullen, el independiente "va sin partido" a las urnas y el extrapartidario "es un no afiliado que integra las listas" de una determinada fuerza política.

Su lupa se posó también sobre la adjudicación de candidaturas entre las listas del mismo partido para la posterior elección de diputados: "Es acertado aplicar el sistema proporcional D'Hont, superando la tentación de utilizar el de mayorías y minorías de la Constitución provincial que, por supuesto, debe reformarse".

Roberto Sukerman, abogado y profesor de Derecho Constitucional de la Universidad Nacional de Rosario (UNR), destacó que "lamentablemente" se realiza una eliminación tácita de las "demás disposiciones que se opongan" a la ley de lemas, "algo muy grave porque, en realidad, no se sabe qué se deroga".

Respecto de la técnica legislativa, consideró que la iniciativa, pese a su aparente prolijidad, es deficiente: "Otra vez queda en claro que la calidad de las normas jurídicas no les interesa a nuestros representantes".

El letrado recordó que "una ley mal escrita no refleja fielmente la voluntad política que se le intenta plasmar, y una norma electoral debe ser clara porque allí empieza la transparencia del sistema".

Por eso Sukerman hizo hincapié en que "una ley confusa puede dar lugar a conflictos difíciles de solucionar". Y advirtió que, si bien algunos problemas pueden resolverse en el Tribunal Electoral, otros no, "y no es bueno judicializar las elecciones".

Aunque también objetó la existencia de varios casos en los que el proyecto "regula situaciones aparentemente idénticas, generando redundancias nada recomendables y que, además, pueden provocar contradicciones", lo que sería "aún más grave".

"Estas redundancias se dan en la propia norma (internas) y con relación a otros textos (externas)", detalló el abogado, quien ejemplificó: "Se modifica la ley de partidos políticos, pero la iniciativa debe tener autonomía y los demás cambios realizarse en otra norma".

Tras cuestionar el proyecto a debatir por los senadores por sostener que el Ejecutivo reglamentará la ley, "pero no le fija un plazo para hacerlo", Sukerman se centró en los aspectos político e ideológico.

Estimó que la iniciativa fogoneada por la Casa Gris "no posibilita candidaturas independientes", alertó sobre la posibilidad de que afiliados a determinado partido "voten en masa e influyan" a otro y alimentó la controversia por la obligatoriedad a todas las fuerzas a realizar internas aunque presenten lista única.

Por último, aseguró que, "en abstracto, no se puede objetar la inconstitucionalidad de la doble obligatoriedad (partidos-votantes) ya que no viola ninguna norma incluida en la Carta Magna".

"Al contrario, fomenta la participación. Además, la obligatoriedad no existe de iure (derecho), porque la ley lo exime a uno si no desea votar; ni de hecho, debido a que nunca se sanciona a quien no sufraga", sentenció.

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La Cámara baja provincial dio el puntapié inicial a la derogación del cuestionado sistema electoral.

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