| miércoles, 14 de julio de 2004 | La Corte fijó una doctrina para los ahorristas: el que no se quejó, perdió Los ministros aclararon que no es un fallo de fondo sobre la pesificación. Dicen que "no hay votos" para eso La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó ayer la demanda de un ahorrista que luego de haber aceptado la pesificación de sus depósitos en dólares, reclamó la diferencia entre la cotización de 1,40 pesos más CER y el valor de mercado de la divisa estadounidense.
El máximo Tribunal tomó la decisión por unanimidad, al resolver en el expediente promovido por Jerónimo Cabrera, quien había retirado un depósito de 32.000 dólares, pesificados a $1,40 más el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) y ahora pedía que se le cancelara la diferencia con el valor de mercado.
La determinación de la Corte no influye sobre las casi 200.000 acciones de amparo presentadas contra la retención y posterior pesificación de depósitos en entidades financieras debido al sistema normativo conocido como "corralito" y "corralón" financiero.
Un ministro del alto tribunal se encargó de aclarar que el fallo "de ninguna manera significa un aval para la pesificación" y confesó que aún no se ha tomado ninguna decisión sobre esa cuestión "porque no hay votos para emitir" una sentencia.
El fallo fue firmado por los ministros Augusto Belluscio, Carlos Fayt, Antonio Boggiano, Adolfo Vázquez, Juan Carlos Maqueda, Eugenio Zaffaroni y Elena Inés Highton, en tanto que el presidente Enrique Petracchi estaba excusado porque fue unos de los miles de ahorristas con fondos bloqueados en los bancos.
La decisión fue tomada por la mañana, luego de una reunión de poco más de hora y media, cuando grupos de ahorristas comenzaron a manifestarse frente al Palacio de Tribunales, que luego de conocerse el fallo ingresaron al edificio para reclamar una audiencia con los integrantes de la Corte.
Un grupo de manifestantes fue recibido por el secretario del máximo tribunal, Claudio Serra, y tras ese encuentro el actor Nito Artaza, que lidera el movimiento de ahorristas perjudicados por el corralito y la pesificación, confió en que la Corte Suprema seguirá el mismo criterio que estableció al resolver la inconstitucionalidad de la pesificación en los casos Smith y de la provincia de San Luis cuando trate los miles de amparos pendientes.
Sin embargo, lamentó la decisión de los jueces en el caso Cabrera, al considerar que "se ha perjudicado a un ciudadano común", en consonancia con la Asociación de Ahorristas de la República Argentina (AARA), que sostuvo que "con este fallo se legalizó la estafa a muchos ahorristas que retiraron su dinero por desesperación y confiaron en la Justicia".
El reclamo Cabrera pretendía que el Citibank le compensara la diferencia (aproximadamente 1 peso por cada dólar) entre el dinero efectivamente percibido y el valor del dólar en el mercado libre de cambios. El ahorrista retiró los fondos del banco sin formular ningún tipo de protesta ni reserva legal por la lesión a su patrimonio. Aunque hubo unanimidad para desestimar la pretensión de Cabrera, los ministros de la Corte lo hicieron con diferentes fundamentos, basados en la vía judicial elegida para efectuar el reclamo (el amparo) y la doctrina de los "actos propios", que impide fundar un derecho en la propia torpeza. En tal sentido, la Corte repitió el criterio de uno de los considerandos del fallo por el cual ordenó restituir a la provincia de San Luis 240 millones de dólares "bloqueados" en el Banco Nación.
Según la doctrina de los "actos propios", quien aceptó con discernimiento y voluntad someterse a un determinado régimen, no puede luego pretender que se modifique lo que acordó. Cabrera había obtenido sentencia favorable en primera instancia, pero luego la Cámara en lo Contencioso Administrativo revocó la resolución y rechazó el planteo del ahorrista.
En la Corte se evaluó que recién en las últimas etapas procesales (en forma "tardía") el ahorrista introdujo como cuestión de debate su presunto estado de "necesidad" debido a una afección en la salud.
Un certificado médico aportado por Cabrera en segunda instancia fue considerado como un punto no sometido a la jurisdicción del magistrado de primera instancia y por lo tanto, imposible de ser considerado en una etapa posterior.
Los bancos recibieron con alivio la sentencia de la Corte. Rafael Ber, analista de Argentine Research consideró que este "es un paso previo a la confirmación de la legalidad de la pesificación".
El ministro del Interior, Aníbal Fernández, aseguró, antes de conocerse el fallo que la Corte "tiene respeto de sus pares y prestigio ante los ciudadanos" y que "hoy tiene ganado el derecho de tomar la decisión de fondo que quiera en el marco de uno de los poderes de la República". enviar nota por e-mail | | Fotos | | El grupo de ahorristas que lidera Nito Artaza hizo presión en Tribunales. | | |