| miércoles, 13 de agosto de 2003 | Demoras de una comisión del Ansés Cuando la Udai, es decir Ansés, rechaza un expediente respecto a una jubilación, pensión, etcétera, conforme a la resolución 456/99 del Ministerio de Trabajo "el afectado tiene 30 días hábiles de notificado para hacer la oposición ante la autoridad que dictó la anulación, la que dentro de los 10 días hábiles debe elevar el expediente a la Comisión Administrativa de Revisión de la Seguridad Social para que se pronuncie en el plazo de 30 días hábiles administrativos, contados desde la recepción del mismo". Luego de publicar en distintos medios locales y nacionales sobre el tema jubilatorio, las autoridades reconocieron como derecho adquirido que los jubilados por las leyes 18.037 y 18.038 no debían aportar de proseguir como autónomos. Impulsamos también ante el entonces presidente Menem y Daniel Scioli, a la sazón candidato a diputado nacional, la inclusión en el derecho de pensión a las viudas cuyos maridos hubiesen fallecido con anterioridad al 23/02/97, fecha del decreto 136/97 el que no lo habilitaba aunque el fallecido hubiese tenido 30 años de aportes, situación que fue reparada con la resolución 089 del 31/10/97 de la Secretaría de Seguridad Social. Diversos afectados a quienes la Udai local ha desestimado sus expedientes sobre los que apelaran en tiempo, se refieran a la demora en expedirse por parte de la comisión revisora, haciendo mención algunos a seis, o siete meses, lo que en relación a los 30 días hábiles previstos hace un atraso del 400%. ¿Es posible una demora de tal magnitud, significando un agravio por las causales de angustia, inseguridad ocasionada a un sector, la mayoría modesto, que esperan con ansiedad diariamente el curso de sus expedientes? Publicada esta nota, con la misma vamos a solicitar al presidente de la comisión revisora, Sergio Massa, sin perjuicio de hacerlo ante el ministro de Trabajo, disponga que los expedientes que ingresen a la misma sean resueltos dentro de los 30 días hábiles, tal como lo establece la R/456/99, lo cual acontecía durante la anterior administración a cargo de López Bujanda.
I. Raúl Sauqué
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