La problemática ambiental tomó mayor impulso en la segunda mitad del siglo XX. En 1972, se realiza en Estocolmo una Conferencia de la Naciones Unidas (ONU) donde los organismos internacionales reconocen la necesidad de preservar y conservar el medioambiente.
En Argentina fue durante la segunda mitad de los años 80 cuando las cuestiones ambientales comienzan a ingresar como legislación dentro de las constituciones de las provincias. Posteriormente, con la reforma de 1994 también se incorpora a la Constitución Nacional.
En el artículo 41º de Carta Magna dice: "Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las generaciones futuras; y tienen el derecho a preservarlo. El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley...".
Este artículo tiene su fuente legislativa en la Constitución española de 1978, la cual asigna competencia al Estado nacional sobre la legislación básica de protección del medioambiente, atribuyendo facultades a la comunidades autónomas de establecer normas adicionales de protección.
De este modo, con la reforma de 1994, se introduce explícitamente en la Constitución, el derecho de los habitantes a gozar de un ambiente sano y la responsabilidad de las autoridades de proveer normas que contribuyan a la preservación del medioambiente.
Muchas provincias, entre ellas Santa Fe, decidieron establecer sus propias normativas. La mayor parte de estas leyes provinciales fueron sancionadas durante la década del noventa, siendo la de Córdoba la más antigua (1995). En el caso de la legislación santafesina aún queda por reglamentar algunos puntos para su puesta en práctica en materia industrial, aún más lejos está todo lo relacionado con pesca y naturaleza en general.
Santa Fe en el pelotón de cola
Por esta razón, Santa Fe se encuentra varios años atrasada respecto a otros distritos del territorio nacional. Hasta el momento en la provincia fueron sancionadas la ley 11.717, de medioambiente y desarrollo sustentable (existe un decreto reglamentario para residuos especiales y uno para la evaluación de impacto ambiental); también la ley 10.000 (derechos difusos); la resolución 1089/82 (Dipos), relacionada con el control de líquidos residuales; ley 8.478 sobre regímenes de promoción industrial y ley 11.525 sobre parques industriales y áreas industriales.
La mayor parte de las leyes provinciales respecto a la evaluación de impacto ambiental está relacionada con la presentación del estudio de impacto ambiental por parte del proponente del proyecto; valoración crítica por parte de la autoridad de la información recibida y dictamen final.
En general, como estas legislaciones resultan relativamente nuevas, muchas incluyen una serie de disposiciones dedicadas a los establecimientos instalados con anterioridad a la promulgación de estas leyes.
De marchar todo sobre ruedas, las industrias en Santa Fe deberían estar dentro de los parámetros establecidos en 2010 como fecha límite.