Año CXXXVI
 Nº 49.794
Rosario,
jueves  27 de
marzo de 2003
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Se descontarán tres puntos del impuesto en operaciones de hasta 1.000 pesos
Lavagna firmó la rebaja del IVA en compras con tarjeta de crédito
Regirá desde el 1º de abril. Las emisoras que quieran adherirse deberán reducir tasas que cobran por mora

El gobierno dispuso ayer una reducción de tres puntos en la alícuota del IVA para las compras que se realicen con tarjetas de crédito, en operaciones inferiores a los 1.000 pesos pero sin tope de consumo por resumen. La medida regirá a partir del 1º de abril, estará vigente durante un año, prorrogable, y convivirá con una norma similar que se aplica para las compras con tarjetas de débito, beneficio que en este último caso es de cinco puntos.
La vigencia de la medida queda supeditada a que cada una de las empresas emisoras que deseen adherir a esta rebaja firmen un acuerdo con las secretarías de Finanzas y de Hacienda para rebajar las tasas de interés que les cobran a los morosos, que en algunos casos alcanzan el 80 por ciento anual.
En términos prácticos, los porcentajes de retribución aplicables sobre el precio final de las operaciones serán de 2,48 por ciento (equivalentes a tres puntos del IVA), excepto en el caso del expendio de combustibles líquidos y gas natural que será de 1,27 por ciento. Esto quiere decir que por cada 100 pesos en compras con tarjetas de crédito, el usuario recuperará 2,48 pesos y 1,27 peso si se consume combustibles.
Los transacciones efectuadas a través de las tarjetas mediante la modalidad de débito automático están exceptuadas del régimen de restitución.
La retribución se realizará sobre el importe efectivamente abonado por los usuarios en cada liquidación y no sobre los saldos no cancelados. Por tanto, el beneficio correspondiente se descontará en la liquidación del mes posterior.
La decisión había sido anunciada por el ministro de Economía, Roberto Lavagna, el viernes antes de su viaje a Italia y se oficializó en la tarde de ayer cuando el jefe del Palacio de Hacienda firmó la resolución 207.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) deberá reglamentar en los próximos días esta resolución para que entre en vigor el próximo martes 1º de abril.
El objetivo de esta medida es favorecer el consumo interno pero a su vez apuntalar el uso del dinero bancario y el blanqueo de la economía, que por obvio efecto redundará en una mejora en la recaudación impositiva.
Al presentar la medida, Lavagna dijo que pudo adoptarse debido a que existe cierto margen fiscal para que no tenga un impacto negativo.

Cautela entre las emisoras
La medida, que se extenderá por espacio de un año y puede ser prorrogada por el próximo gobierno, fue tomada con cautela por parte de las empresas del sector.
"Esto va a generar una mayor utilización del plástico, mayor percepción por parte del fisco, pero no creo que vaya a haber mayor consumo", dijo un vocero de una empresa líder del sector.
Recordó que cuando se impuso una rebaja de cinco puntos porcentuales al IVA para los pagos con tarjeta de débito "se extendió la utilización de ese plástico frente al efectivo".
Sin embargo, la fuente se abstuvo de informar si las empresas del sector van a rebajar las tasas de interés que les aplican a sus clientes por mora.
La medida de por sí puede forzar esta adhesión, ya que si una tarjeta adhiere y otra no, los clientes de la segunda encontrarán un motivo para pasarse a quien le brinde ese beneficio.
Además y para incentivar la adhesión, el Ministerio de Economía permitirá a las empresas que el dinero proveniente de esos tres puntos porcentuales lo puedan utilizar como crédito fiscal contra el IVA, el impuesto a las ganancias, y mínima presunta, y sus respectivos anticipos.
Las entidades emisoras de las tarjetas considerarán los importes efectivamente acreditados a los usuarios como crédito computable mensualmente contra el IVA, el impuesto a las ganancias y sus respectivos anticipos y el impuesto a la ganancia mínima presunta.
Las sumas no utilizadas mediante este procedimiento podrán computarse contra los importes que, en caracter de agentes de retención del IVA e impuesto a las ganancias deben ingresar a la Afip.



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