Los camaristas Carlos Grecco, Luis Otero y Pablo Gallegos Fedriani reprodujeron argumentos de sus colegas al considerar que las normas que impusieron el corralito y la pesificación de depósitos son ilegítimas y violatorias de la Constitución nacional. Los jueces de la Sala V de la Cámara, recordaron que el 28 de agosto último la Sala II del mismo fuero -contencioso administrativo federal- hizo lugar al reclamo de la ahorrista Mariela Pape y advirtió al gobierno que existen claros límites en el ejercicio de sus atribuciones. En el fallo que benefició a Pape, el tribunal admitió la existencia de una "situación de emergencia" económica en el país pero expresó que aún "en esta crisis los poderes del Estado no son ilimitados y han de ser utilizados siempre dentro del marco de la Constitución y bajo el control de los jueces independientes". Los jueces también recordaron que se acumulan sentencias contra la denominada ley antigoteo, que el gobierno promulgó el 23 de julio último para suspender por 120 días la ejecución de demandas judiciales contra el corralito. Aunque los camaristas de la Sala V reprodujeron argumentos del fallo que dio luz verde al amparo del ahorrista Germán Barrientos, el juez Otero avanzó sobre el asunto al emitir su voto. "Resulta irrazonable la suspensión de la ejecución" de los fallos anticorralito, porque priva del derecho de justicia al "ahorrista que enfrenta una alteración sorpresiva de su situación patrimonial", escribió el juez Otero. Por su parte el juez Gallegos Fedriani abundó en su rechazo a los planteos de nulidad presentados por el gobierno. "Entiendo de accederse a la pretensión de la demandada (el Estado) respecto de la nulidad (planteada), le sería aplicable a esta Sala lo dicho por la Corte Suprema en el sentido de que corresponde exhortar a los magistrados a fin de que extremen el cuidado necesario en el ejercicio de sus funciones, y, de este modo, eviten la reiteración de decisiones como la que ha motivado el presente", sostuvo el magistrado. Gallegos Fedriani se apropió así de una advertencia lanzada por la Corte Suprema de Justicia en la resolución que el 20 de noviembre último puso fin al arresto domiciliario que cumplía el ex presidente Carlos Menem por su presunta responsabilidad en el tráfico de armas.
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