Los ahorristas tendrán plazo hasta el 28 de febrero próximo para transferir voluntariamente hasta 7.000 pesos desde sus plazos fijos a cajas de ahorro o cuentas corrientes, según la disposición emitida por el Banco Central para la reprogramación de la devolución de los depósitos en dólares y pesos. Los ahorros en dólares, que serán pesificados a un valor de 1,40 peso por cada unidad de la moneda norteamericana desde mañana, se devolverán en 12 cuotas mensuales a partir de enero de 2003 para los importes que van de 1.200 a 7.000 pesos. Los montos de más de 7.000 y hasta 14.000 pesos se restituirán en 12 cuotas a partir de marzo de 2003; los de más de 14.000 y hasta 42.000 pesos se reintegrarán en 18 cuotas a partir de junio de 2003; y los de más de 42.000 pesos se reembolsarán en 24 cuotas a partir de setiembre de 2003. En lo que respecta a los saldos de los plazos fijos generados originalmente en pesos, el cronograma del Central dispone que los montos que van desde los 400 hasta los 10.000 pesos sean reintegrados en 4 cuotas a partir de marzo de 2002. En cambio, los montos que van de 10.000 hasta 30.000 pesos se devolverán en 12 cuotas a partir de agosto de 2002; y los de más de 30.000 pesos serán reintegrados en 24 cuotas a partir de diciembre de 2002 Las cuotas de capital serán iguales -en valor nominal-, mensuales y consecutivas. En el caso de las cuotas de los depósitos reprogramados originados en dólares y luego pesificados, al vencimiento, cada una de ellas se multiplicará por el valor del Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) que surja de comparar los índices correspondientes a la fecha de vencimiento y el del 4 de febrero o fecha posterior de inicio de la reprogramación. En todos los casos la forma de pago de las cuotas será en efectivo, con una tasa de interés nominal anual del 7% para los originados en pesos y del 2% para los pesificados sobre el capital no recalculado desde la fecha de reprogramación hasta el 3 febrero de 2002. De allí en adelante para los pesificados se aplicará la tasa mínima de 2% nominal anual -o mayor que se pacte- sobre saldos recalculados por aplicación del CER. De acuerdo con las normas generales, los certificados transferibles son transmisibles por endoso, pero no podrán ser comprados por las entidades.
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