El reparto de la plata, o los bonos, es un tema cada día más arduo ya que cada día hay menos para repartir. En los últimos tiempos se escuchó hablar de toda clase de ecuaciones y proporciones para distribuir los fondos que la Nación debe enviar a las provincias. Sin embargo, poco se habla del mecanismo de reparto desde el Estado santafesino a los municipios y comunas, pese a que la mitad de los recursos de estas jurisdicciones proviene de la provincia.
Los recursos de los municipios se conforman en partes iguales por recursos propios (tasas, derechos y contribuciones por obras) y fondos coparticipados por la provincia, que a su vez se originan tanto en la Nación como por recaudación de gravámenes provinciales.
El sistema de reparto es complejo, pero a grandes rasgos la provincia distribuye la séptima parte de lo que recibe de la Nación en concepto de coparticipación de impuestos nacionales, un séptimo de lo que recauda por ingresos brutos, la mitad del impuesto inmobiliario y el 90 por ciento de la patente automotor.
Sin embargo, la distribución de los montos entre los municipios tiene criterios distintos para cada fuente de ingreso que se basan en tres parámetros: población, dividir en partes iguales y en función de la recaudación del municipio o comuna.
Un pormenorizado estudio realizado por Jorgelina Ceconi y María Fernanda Ghilardi de la Fundación Mediterránea Regional Litoral analizó la evolución durante la década del 90 de la forma en que la provincia coparticipa a los municipios y comunas los recursos, tanto propios como los que llegan de la Nación. El trabajo concluye que los criterios de distribución secundaria de la coparticipación a municipios y comunas muestran "un sesgo redistributivo a favor de las localidades pequeñas". Esto es así ya que los fondos se reparten según un mix de tres criterios diferentes:
* De acuerdo a la población: es justa en la medida que los costos promedio de los servicios que brinda cada comuna o municipio sea constante, algo que en Santa Fe no ocurre. Así, se subsidia en diferentes proporciones a las poblaciones de diferentes tamaños y eso puede interpretarse como una inequidad distributiva.
* Partes iguales: así se reparte un tercio de lo que les corresponde a las municipalidades por coparticipación nacional e Ingresos Brutos, y la quinta parte en el caso de las comunas (menos de 10 mil habitantes). Estos montos son considerables y su reparto es en base a un criterio contrario a principios de justicia y eficiencia. La igualdad absoluta no tiene en cuenta los méritos ni las clases y calidades de los servicios. Este criterio, además, favorece a las poblaciones pequeñas.
* Según la recaudación: tiende a estimular la acción recaudadora, pero no tiene en cuenta cómo se administran los recursos que se obtienen, ni la capacidad tributaria del municipio.
El sesgo redistributivo a favor de las localidades más pequeñas se puede apreciar en las siguientes cifras: en pueblos de entre 500 y 2 mil habitantes la coparticipación per cápita es 2,5 veces mayor que lo que reciben en promedio las ciudades de entre 50 mil y 100 mil habitantes, a la sazón las más perjudicadas del esquema.
Estos porcentajes, coeficientes y cantidades no han permanecido inalterables a lo largo de la década pasada. Los recursos totales que recibieron los municipios crecieron un 29,2% entre los años 92 y 99. Sin embargo, este comportamiento no fue parejo para todas las fuentes de recursos. El crecimiento de las transferencias, de la provincia a los municipios, de fondos de origen nacional creció 6,4 puntos menos que el aumento de esos recursos captados por la provincia. En cambio, los montos girados provenientes de Ingresos Brutos, patente e inmobiliario crecieron 4 puntos más que el aumento registrado en la recaudación total de esos tres gravámenes.
Esto significa que si bien el gobierno provincial transfirió a los municipios un menor porcentaje en concepto de régimen federal de coparticipación, lo compensó con un incremento del porcentaje transferido de los tres impuestos coparticipables, que representan en promedio el 65,8 por ciento del total de coparticipación municipal.
Los recursos de los municipios
Actualmente, los municipios cubren la mitad de sus erogaciones con fondos coparticipados por la provincia y el resto con recursos propios. Si bien hay legislaciones contradictorias, los municipios no están facultados para establecer impuestos. El Código Tributario Municipal de la provincia establece taxativamente que estos distritos podrán contar con los siguientes recursos:
* Tasas: como retribución de servicios públicos prestados. La tasa general de inmuebles es el recurso propio más importante.
* Derechos: son obligaciones que se originan como consecuencia de actividades sujetas a contralor. El Derecho de Registro e Inspección (Drei) es el más significativo.
* Contribución de mejoras: conceptos a pagar por parte de quienes obtengan beneficios en el valor de bienes de su propiedad por la realización de obras públicas.