Héctor Méndez
Elbio Martínez sigue gritando a los cuatro vientos que el 14 de octubre cosechó los votos necesarios para ingresar al Concejo Municipal y adelanta que recurrirá a la Corte Suprema de la Nación para que se le reconozca el derecho que -sostiene- le dieron las 18.562 boletas que obtuvo el Partido Demócrata Progresista. "Me considero concejal electo, aunque por ahora el Tribunal Electoral de la provincia nos intenta despojar de la banca", dijo ayer a La Capital al detallar los alcances del recurso de inconstitucionalidad que, con las firmas de Alberto Natale y de los apoderados Marcelo Rodríguez y Luis Mauri, el PDP elevó al mencionado tribunal para que, a su vez, lo presente a la Suprema Corte santafesina. El Tribunal Electoral dictaminó que al PDP no le corresponde ninguna banca en Rosario porque los votos que logró no superaron el piso del 3% del padrón electoral del distrito. Para esta resolución, el organismo que preside Rafael Gutiérrez (titular, además, de Suprema Corte) tuvo en cuenta una ley de 1983 que estableció ese tope. Ocurre que en 1985, y de acuerdo al texto ordenado de la ley orgánica de municipalidades, ese piso se bajó para ubicarlo en el 3% de los votos válidos emitidos. Más tarde, en 1990, la ley de lemas fijó un sistema que no impone restricciones de ese tipo. "Si hay tres secuencias normativas, como reconoce el fallo del Tribunal Electoral, la ley posterior (la de lemas Nº10.524, de 1990) no puede ser afectada por las anteriores. Pero si lo fuera, aunque no lo admitimos, jamás podría serlo por la anterior de 1983, sino por la posterior de 1985", señala la presentación del PDP, cuyos aspectos principales recordó ayer Martínez. "Hay un viejo principio del derecho que maneja cualquier profano en la materia que dice que ley posterior deroga ley anterior", sintetizó Martínez, quien luego sostuvo que hay "un error de interpretación" en la resolución del Tribunal, "porque si leemos el escrito con el que nos niega la banca, en casi toda su extensión nos otorga la razón, pero finalmente dice aplíquese la ley de 1983". En cuanto a una acordada de la Corte de 1991 que perjudica los intereses del PDP, aclaró que "únicamente tenía vigencia para el acto electoral de ese año y allí se extinguió". "Dicen -agregó- que se aplicó en elecciones posteriores, pero no es cierto, porque este caso (el del 14 de octubre en la elección de concejales de Rosario) es inédito. No hay una situación igual en materia de reparto de bancas de diputados provinciales ni de concejales, ni en Rosario ni en ninguna ciudad o localidad de Santa Fe". El PDP espera ahora que la sentencia judicial no se torne una cuestión meramente ilusoria, y teniendo en cuenta que los concejales electos deben asumir el 10 de diciembre le pide a la Corte santafesina que "cuanto antes se aboque al estudio y resolución de este tema", y adelanta que en caso de que esa decisión "resulte negativa a nuestra pretensión, recurriremos en recurso extraordinario a la Corte nacional". Martínez confía en que, si llega a esa instancia, la Corte nacional "resolverá favorablemente la cuestión porque hay doctrina sentada en fallos, no específicamente similares a estos pero sí que tienen paralelo". Al respecto, recordó que "la Corte ha dicho que en caso de controversia legislativa en materia electoral debe privilegiarse aquella conducta que sea más fiel a la voluntad popular". "Entendemos que aquí no hay dudas. La voluntad popular, con 18.562 votos, ha dicho que al PDP, aplicando sin restricciones el artículo 7º de la normativa vigente (la ley de lemas), le corresponde el lugar 14º en un reparto de 21 bancas", aseguró Martínez.
| Para Martínez, el Tribunal Electoral quiere "despojarlo". | | Ampliar Foto | | |
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