El gobierno oficializó ayer la medida que dispone declarar a la educación como un "servicio esencial", con lo que de ahora en más, en caso de un paro docente, deberá garantizarse el funcionamiento de los comedores escolares y la cantidad de días de clase determinada en el calendario de cada jurisdicción, según precisó su impulsora, la ministra de Trabajo Patricia Bullrich.
La ministra de Trabajo aseveró ayer que el Gobierno nacional considera "la educación como un servicio esencial básico" y que, por ese motivo, es necesario "garantizar" la educación básica obligatoria para evitar la disminución de la calidad. "Cuando hay un paro hay determinados servicios que se deben brindar, sí o sí, el servicio de gas, electricidad, de emergencias en hospitales. Lo mismo hemos considerado a la educación como un servicio esencial básico", explicó la funcionaria.
Agregó que "es esencial que se cumpla el servicio de educar a los chicos" y señaló que "este concepto es para la educación obligatoria, que son de 10 años". Sobre el alcance de la consideración de la educación como servicio esencial, la ministra dijo que "lo esencial en la educación es el ciclo lectivo" y destacó que "es indispensable, es indivisible, y no podemos poner un porcentaje, decir tanto por ciento del año lectivo, que sería lesionar un derecho fundamental que tiene jerarquía constitucional que es la educación".
Recuperación de clases
Patricia Bullrich ratificó que "los docentes deberán recuperar los días de clases perdidos por medidas de fuerza de acuerdo a lo que cada jurisdicción disponga, con horas extras o como se decida para cumplir el tiempo básico necesario para que el alumno pueda cursar su año".
Con respecto a los planteos de ilegalidad e inconstitucionalidad que promoverían los gremios docentes (ver aparte), Bullrich afirmó que "es una medida que tiene un sustento legal en las leyes que rigen nuestro derecho laboral y el decreto 843 del 2000 donde se establece el concepto de los servicios mínimos".
Según la resolución 480/2001 publicada ayer en el Boletín Oficial, en los días de huelga se deberán "mantener abiertas las escuelas, garantizando una guardia mínima para que los padres puedan dejar a sus hijos en ellas con seguridad".
El artículo 3 señala que, en caso de un paro de maestros, "los servicios mínimos que deberán mantenerse para el funcionamiento del sistema educativo, conforme lo previsto por la presente resolución y mientras dure el conflicto, deberán garantizar: el funcionamiento de los comedores escolares, el dictado de la cantidad de días de clase en el año determinados por el calendario escolar obligatorio de cada jurisdicción y mantener abiertas las escuelas garantizando una guarda mínima para que los padres puedan dejar a sus hijos en ellas con seguridad".