El proyecto de reforma a las leyes de municipios y comunas propuesto por el diputado justicialista Ricardo Alvarez apunta a regionalizar y descentralizar los municipios de acuerdo con su realidad económico-social y su ubicación, tal como se hizo en otras provincias argentinas. Para el legislador, "ya no se puede organizar un municipio estrictamente según su cantidad de habitantes, ya que hay otros factores distintivos en aspectos socioculturales, históricos y en los intereses de sus pobladores". Las actuales categorías son dos: en la primera (más de 200 mil habitantes) incluye sólo a Rosario y Santa Fe; en los de segunda se encuadra el resto. El diputado propone establecer una tercera, con límite de 35 mil habitantes, aunque tampoco sería rígido, desde el momento en que pretende flexibilizar la base poblacional e introducir un concepto cualitativo acerca de cuándo se puede organizar una población como municipio. Además se tendría en cuenta su ubicación y relación con poblaciones vecinas y su desarrollo económico. En este sentido, explicó que "se incorpora el concepto de planeamiento territorial, con una visión estratégica del municipio y de su intervención en cuanto al desarrollo de su territorio". Otros aspectos en los cuales el legislador pretende innovar son: * En materia de conservación del medio ambiente, torna obligatorio el tratamiento de los residuos sólidos urbanos. * Incorpora la posibilidad de firmar convenios entre provincia y municipio para reasignar competencias o facultades. * Normas generales sobre el funcionamiento del Concejo, sin perjuicio del reglamento que pueda llegar a dictar este cuerpo en particular. * Introduce la necesidad de dictar una ordenanza que establezca el contenido de los actos administrativos municipales y la tramitación de todos los procedimientos de la administración municipal. * Instaura el concepto de regionalización permitiendo a los municipios por los medios que juzguen más convenientes coordinar las acciones entre sí para la realización de obras, prestación de servicios, promoción de intereses comunes. * Establece y clasifica la cantidad y tipos de recursos de las municipalidades. * Prevé la estructura del presupuesto y su vigencia, estableciendo también los alcances de la ordenanza de contabilidad.
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