Año CXXXIV
 Nº 49.173
Rosario,
martes  10 de
julio de 2001
Min 6º
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Participación popular

Un aspecto distintivo de la nueva norma que propone Alvarez para los municipios pasa por la forma de participación de la democracia semidirecta. De este modo regula una suerte de iniciativa popular, mediante la cual un número de electores no inferior al diez por ciento del padrón municipal tendría el derecho de proponer proyectos de ordenanza. También regula el referéndum, distinguiendo entre obligatorio y optativo.


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