La antinomia que se plantea entre la propiedad privada y la vida humana como bienes jurídicos es uno de los ejes que, a entender de los consultados, descubre la actual crisis de valores. Vivimos en un sistema jurídico y social en el que la propiedad privada es más importante que la vida; a tal punto esto es así que durante mucho tiempo la pena por robo automotor era de nueve años mientras que por homicidio común era de ocho, enfatizó la abogada María del Carmen Verdú, integrante de la Liga Argentina por los Derechos Humanos. Para Verdú, esta problemática está cruzada por la situación social y una privatización de la justicia. Se vive una situación social en la que los particulares son impulsados a adoptar una actitud de vigilante -señaló-, lo cual está marcando un incumplimiento por parte del Estado para garantizar la seguridad de las personas, desde el momento que determinado tipo de particulares se ve compelido a armarse. El artículo 34 del Código Penal, que fija los límites de una defensa legítima, determina tres cuestiones puntuales. La primera, cuando el que obra en defensa propia sufre una agresión ilegítima; en segundo lugar, la defensa debe ser proporcional al ataque sufrido, y por último, si el que sufre la agresión provocó primero al otro, no podrá esgrimir la legitimidad de su defensa.
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