La absolución de ciudadanos que ejercen justicia por mano propia en actos que terminan con el asesinato de delincuentes fue criticada por juristas y varios funcionarios quienes introdujeron uno de los puntos cruciales en la cuestión: en un caso de robo, cuando termina la agresión, el ataque al perpetrador ya no se trata de legítima defensa. En ese marco, los especialistas propusieron una consulta popular para controlar las armas que usa la población.
Jurídicamente, hay o no legítima defensa. Cuando terminó la agresión, no hay defensa, precisó el titular del Instituto Nacional Contra la Discriminación, Raúl Zaffaroni, al recordar un fallo judicial que en 1998 absolvió a dos empleados de una parrilla porteña que corrieron una cuadra a un ladrón que los asaltó con un arma de juguete y lo estrangularon en plena calle.
Este caso al igual que muchos de los ocurridos en la última década, desde que el ya mítico ingeniero Horacio Santos persiguió y mató a balazos a dos ladrones, terminó con la absolución de los acusados que siempre recuperaron su libertad.
Hay un trasfondo de conflictividad social grave; es necesario el desarrollo económico, más trabajo, pero si le tiramos armas a la población, la conflictividad aumenta, y nunca hubo tal cantidad de armas como en los últimos tiempos, están al alcance de cualquier infeliz, esbozó Zaffaroni.
Sobre las medidas que deberían adoptarse, Zaffaroni propuso una consulta popular para sondear la posibilidad de implementar el control de armas en la población. Es más grave tener un arma que un cigarro de marihuana. El arma en casa es un riesgo que cada uno asume: más armas, más muertos.
El caso de los mozos
En el fallo que absolvió a los empleados de una parrilla en avenida Córdoba al 1500, Walter Brandán y Andrés Bracuto, en 1998, el juez Eduardo Duhalde, ƒ del Tribunal Oral 29, hizo una dura crítica a los denominados justicieros, en tanto consideró que quien da rienda suelta a su deseo de venganza, viola las normas.
El voto del magistrado, poco menos que inusual por la crudeza de los conceptos vertidos, recordó la polémica que persiste en los casos de justicia por mano propia cuando transgrede el límite de la autodefensa.
Duhalde aclaró que el que hace justicia por mano propia incursiona plenamente en el Código Penal y rechazó la justificación de aquellas conductas de las víctimas tendientes a victimizar a sus victimarios.
Los hechos ocurrieron el 22 de mayo de 1997 en el negocio de comidas El Parador, en Córdoba 1549, de Capital Federal, donde el joven Claudio Berri ingresó exhibiendo un arma de fuego que luego se comprobó que era de juguete, y se apoderó del dinero que había en la caja y de los efectos personales de los empleados.
Luego Berri salió a la carrera perseguido por Brandan y Bracuto, que lo alcanzaron cuando estaba por cruzar la calle Montevideo, donde lo golpearon, tiraron al suelo y Bracuto lo tomó por el cuello y lo ahorcó.
Creo que los llamados «justicieros» en general son vengadores y merecen la pena que corresponda al delito pertinente. En este caso, la legítima defensa de los dos empleados se acabó cuando empezaron a correr al delincuente, consideró el penalista Joaquín Darrocha, que dirige el Instituto de Derecho Penal del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal.
Darrocha explicó que hay dos temas importantes: la proporcionalidad de la defensa y el tiempo de la agresión. Si la contraagresión ocurre mucho tiempo después, se trata de una mera venganza.
Una reacción desproporcionada
El penalista Alberto Pedroncini, miembro de la mesa directiva de la Comisión Permanente por los Derechos Humanos, advirtió que la justicia por mano propia es una reacción totalmente desproporcionada. Se debe señalar la prioridad de los valores y tomar conciencia de que la propiedad privada no puede ser el centro del Código Penal ni mucho menos motivo de reacción por mano propia. Sólo la vida del agredido merece esa respuesta, remarcó.
Sin embargo, al peligro de las armas en manos de civiles, Pedroncini le sumó los riesgos del mensaje autoritario a favor de la represión y la mano dura. Esto es muy peligroso porque tiende a agudizar el abismo entre excluidos y no excluidos.
Por su parte, el secretario de Políticas Penitenciarias del Ministerio de Justicia, Mariano Ciafardini, remarcó que desde el punto de vista criminológico, de prevención del delito, el consejo es nunca reaccionar frente a una agresión, ya que estadísticamente aumenta la posibilidad de que alguien pueda salir herido o se produzca una muerte.