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 sábado, 20 de octubre de 2007  
Elaboración de normas y participación

Por Roberto Sukerman (*)
En estos días las páginas de La Capital reflejaron una polémica en torno a la elaboración de una norma jurídica municipal: el Código Urbano. La discusión hasta ahora es de forma, es sobre el procedimiento utilizado por la Intendencia para redactar el proyecto oficial. En unos días el debate se centrará en el fondo, en el contenido de cada artículo del proyecto. Primero se realizará en la Comisión de Planeamiento y Urbanismo y luego en el recinto del Concejo.

Está claro que la forma condiciona al fondo. En este caso, el grado y la calidad de la participación ciudadana y corporativa se vincula directamente con el resultado del proyecto.

La democracia bien entendida es el sistema de gobierno que mejor conjuga y respeta los valores de libertad, igualdad, bienestar, solidaridad y tolerancia. Los problemas de la democracia se solucionan con más y mejor democracia, y para ello se requiere de una activa participación de los ciudadanos.

Es nuestro objetivo fortalecer la relación entre el Estado municipal y la ciudadanía porque para desarrollar una democracia legítima, transparente y eficiente deben introducirse reformas que adjetiven a la democracia representativa también como “participativa”. En el marco de una democracia participativa, la sociedad civil tiene derecho a participar en el proceso de toma de decisiones de los asuntos públicos, para lo cual resulta imprescindible contar con las herramientas e instrumentos necesarios que permitan monitorear y controlar la gestión pública.

En este sentido, hace unos meses presentamos en el Concejo Municipal un proyecto de ordenanza sobre la regulación de la Elaboración Participativa de Normas (EPN). En pocas palabras, consiste en un procedimiento que, a través de consultas no vinculantes, involucra a sectores interesados y a la ciudadanía en general en la elaboración de normas administrativas y proyectos de ordenanza que se encuentren dentro de las atribuciones y competencias legalmente otorgadas al Concejo Municipal y a las secretarías que componen la Intendencia. Actualmente el proyecto se encuentra en estudio en la comisión de Gobierno.

Es oportuno mencionar que las provincias también están avanzando sobre el tema y tanto Misiones como Corrientes cuentan con proyectos de ley que regulan la EPN. A nivel municipal, en el 2004, el Concejo de Morón aprobó la ordenanza que regula el procedimiento de la EPN. Nuestro proyecto se inspira en los mencionados proyectos que a su vez son réplicas del decreto nacional 1.172/03 de “Mejora de la calidad de la democracia y de sus instituciones”.

Está claro que contar en el ámbito municipal con el instituto de EPN responde a la declamada voluntad de esta administración de emprender una reforma institucional integral en la cual las políticas públicas del municipio puedan ser definidas por todos los actores sociales involucrados, se reduzca la brecha entre representantes y representados, las autoridades ejerzan responsablemente el poder, se eleve el interés de la ciudadanía por los asuntos públicos como así también la confianza en las instituciones democráticas.

Algunos creen que nuestro proyecto no se justifica ya que existen en el ámbito municipal otros institutos de participación ciudadana formales y no formales. Nosotros, en primer lugar, consideramos que los institutos formales no funcionan como los ciudadanos quieren sino como el Estado municipal desea.

Las audiencias públicas son escasas y generalmente se definen como “puestas en escena” donde no se arriba a resultados concretos. El presupuesto participativo, que es el único instituto de descentralización real, destina muy pocas partidas presupuestarias para cumplir los ambiciosos proyectos ciudadanos. El Concejo en los Barrios, que empezó con mucho empuje desde su creación en un momento crítico (año 2003), últimamente perdió la impronta que ostentaba.

Es habitual que ante cada decisión o proyecto los gobernantes consulten a los interesados su opinión de manera informal para tratar de llegar a un mínimo consenso. Visto desde el lado de los interesados se denomina lobby o gestión de intereses. Este es otro tema a regular.

En definitiva, si la Intendencia hubiese utilizado el mecanismo que nosotros proponemos de EPN; los Colegios de Arquitectos e Ingenieros, las Facultades de Arquitectura e Ingeniería, los representantes de las cámaras de la construcción e inmobiliaria, la Asociación de Empresarios de la Vivienda y cualquier otro interesado en el tema, hubiese podido expresar su posición por escrito y de esta manera todos los ciudadanos poder saber lo que cada uno pretende.

(*) Director Ejecutivo de la

Fundación Derecho Social
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