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 jueves, 08 de julio de 2004

El juez de San Lorenzo Eduardo Filocco investiga los posibles delitos de estafa y falsificación
Rechazan pedido de nulidad en la causa de las casas donadas por una anciana
La magistrada Lucía Assef aceptó una recomendación del fiscal y ordenó avanzar con el "caso Ramonita"

Marcelo Abram / La Capital

San Lorenzo. - Tal como adelantó este diario el lunes pasado, la Justicia civil no hizo lugar al pedido de nulidad formulado por la parte demandada y se seguirá adelante en la causa que se plantea la anulación de la venta realizada por una anciana que había testamentado sus propiedades a favor del hogar de ancianos local, hecho que no pudo materializarse porque figuran como compradas por sus inquilinos.

Ramonita -como la llamaban sus allegados- falleció en noviembre de 2002, era analfabeta, padecía hipoacusia severa y tenía problemas de motricidad. Ella inició la causa para recuperar sus casas poco antes de morir, al enterarse que los impuestos estaban a nombre de sus ocupantes, quienes a través de un representante legal, el abogado Ernesto Saccone, plantearon ante el Juzgado de Primera Instancia Civil, Comercial y Laboral de la 1ª Nominación -a cargo hasta hace pocas horas de Lucía Aseff- la nulidad de lo actuado en el expediente "Alvarez Domínguez Ramona contra Paulone Juan Carlos y otros".

El primer indicio de que el pedido sería denegado surgió de una recomendación del fiscal, por eso no sorprendió el fallo de Aseff, quien ordenó seguir adelante con la causa, la que luego de este incidente se encuentra en la última etapa antes de su resolución en primera instancia.

A partir de este momento -si no es apelado- se dará por finalizado el período de producción de pruebas y se correrá traslado a las partes para formular los alegatos.

En la resolución -una de las últimas de Aseff antes de asumir como camarista- hace referencia que a pesar de los problemas auditivos verificados por los peritos de la causa, Ramonita "era lúcida, presente y ubicada en tiempo y espacio" y agrega que "era extrovertida, con buena capacidad de atención, percepción y memoria", dando así por tierra con los argumentos del incidente que afirmaban que la demandante "no estaba en condiciones de comprender sus actos cuando suscribió los poderes para iniciar su acción".

Precisamente, sobre esta cuestión fueron citados a declarar a quienes certificaron esos documentos otorgados por Ramonita: la secretaria de Juzgado de Circuito, María del Rosario Damonte, y el juez comunal de Fray Luis Beltrán, José Selak, quienes confirmaron que no hubo ninguna irregularidad en el otorgamiento de esos poderes.

Pero el fallo de Aseff va más a fondo, y utiliza los propios argumentos que obran en el expediente y fueron esgrimidos por la defensa de los demandados donde aseguran textualmente: "Sin ser un experto, me convencí de que Ramona Alvarez Domínguez puede adoptar posiciones normalmente". Es allí donde el fallo judicial es contundente para con el planteo de nulidad y sostiene: "No se advierte cómo en ese momento estaba convencido de la capacidad de la actora para cumplir con actos, y hoy luego de fallecida sin ninguna prueba pretenda todo lo contrario".


¿Un precio vil?
Ramona y su esposo Antonio Trivisono suscribieron en 1994 un testamento de sus propiedades a favor del hogar de ancianos Los Abuelos, de San Lorenzo, con el consentimiento de sus parientes: tres casas y dos departamentos que en Riccheri al 300 ocupan casi un cuarto de manzana.

Al morir su esposo, Ramona nombró como apoderada a su vecina e inquilina Estela Vachieri, pero cuando un impuesto inmobiliario llegó a nombre de Juan Paulone -esposo en ese momento de Vachieri- inició la causa que apunta a declarar nulo el supuesto acto de venta.

La certificación de la venta es una escritura realizada ante la escribana María Angélica Chiller, que tiene la huella digital de Ramona y la firma del doctor Rubén Schlar. En la documentación se señala que las propiedades se vendieron a los Paulone en una cifra que "había" sido entregada antes de la fecha del acto ante la profesional.

Según el expediente, los compradores habrían pagado 52 mil pesos, un dato no menor porque da lugar a la duda de si se pagó o no y, en caso afirmativo, preguntarse si las figuras jurídicas de precio vil o irrisorio podrían ser aplicadas en este caso. Según se pudo saber, los 1.874 metros cuadrados de las propiedades, sólo por el valor de los terrenos en ese momento, podrían ascender al doble de lo que se dice.

Otro interrogante es cómo los inquilinos consiguieron el dinero para abonar esa cifra. Afirman que vendieron un kiosco frente al hospital en unos 30 mil pesos, pero según fuentes inobjetables, quien compró el negocio a los Paulone poco después lo vendió en 20 mil pesos.

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