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 domingo, 23 de noviembre de 2003

Controles para la exhibición de precios

La obligatoriedad de publicar los precios de venta de los productos por unidad de medida se cumple sólo parcialmente en los híper y supermercados, mientras que los autoservicios y comercios de barrio ignoran la resolución, según un relevamiento realizado por la Subsecretaría de Defensa de la Competencia y el Consumidor.

"En los últimos seis meses se labraron alrededor de 150 infracciones en los híper y supermercados que no exhiben los valores en sus góndolas", precisó el director general de Defensa y Protección al Consumidor, Miguel Angel Fortunato.

La obligación de publicar los precios por unidad de medida de los productos que se comercializan en góndolas fue tomada el año pasado a través de la resolución número 55 de la ex secretaría de la Competencia y la Defensa del Consumidor.

La norma busca que los consumidores puedan calcular con precisión el valor de los productos fraccionados, por lo que cada mercadería debe contar con su respectivo precio, además del valor por kilogramo, litro, metro cuadrado o metro cúbico, según corresponda.

Fortunato señaló que los autoservicios instalados en los barrios no cumplen con la medida, mientras que los híper y supermercados sólo lo hacen parcialmente. A pesar del incumplimiento, el funcionario diferenció el nivel de exigencia que pesa sobre los negocios de barrio, al asegurar que a éstos "no se le puede pedir que tengan la misma información que los híper que cuentan con asesores en contabilidad y tienen otra llegada a las disposiciones oficiales".

"Por eso en los comercios minoristas el primer paso es hacer una campaña de difusión pero luego 30 días se vuelve a hacer una inspección y en caso de incumplimiento se labra el acta", dijo. Las multas, que "van desde los 500 hasta los 500 mil pesos", dependen de la "reincidencia, la cantidad de infracciones que pueda haber dentro de un mismo comercio y del volumen de venta que comercializa", detalló Fortuna.

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