Año CXXXVI
 Nº 49.672
Rosario,
domingo  24 de
noviembre de 2002
Min 20º
Máx 32º
 
La Ciudad
La Región
Política
Economía
Opinión
El País
Sociedad
El Mundo
Policiales
Escenario
Ovación
Suplementos
Servicios
Archivo
La Empresa
Portada


Desarrollado por Soluciones Punto Com





La idea es que el hijo lleve la identificación de sus dos padres
Impulsan una ley para que sea obligatorio el apellido materno
El proyecto surgió de la Defensoría del Pueblo de Santa Fe y ya está en el Congreso de la Nación

Marcelo Castaños / La Capital

Todos los niños tienen derecho a una identidad, dice la declaración universal que los ampara. Pero en la Argentina el ejercicio de este derecho ha sido históricamente incompleto. Si se entiende que el apellido debiera estar determinado por la filiación, la ausencia del materno resulta discriminatoria y privativa de la identidad plena. Así lo cree la Defensoría del Pueblo de Santa Fe, que elaboró un proyecto de ley para que los niños lleven el apellido de ambos padres, iniciativa que tomó estado parlamentario en el Congreso de la Nación.
El proyecto propicia que sea la filiación la que determine la identidad, y que si los progenitores reconocen al hijo, sea anotado con los dos apellidos en el orden que ellos decidan. De no haber acuerdo, se impondría el del padre en primer término.
La ley tiene un fuerte fundamento teórico y normativo, pero también una motivación práctica: en ciertas situaciones resulta complicado que el apellido materno no figure en el documento de la persona.
Esta modificación a la ley 18.248 del nombre de las personas naturales fue pensado y redactado en Rosario, difundido e impulsado por la Defensoría del Pueblo de Santa Fe y presentado en la Cámara de Diputados por los legisladores de la provincia. El defensor de pueblo de Santa Fe, Ricardo Ciccarelli, cree que de no mediar inconvenientes podría estar aprobado antes del final de este período parlamentario.
De salir la norma, regiría para los recién nacidos, pero otorgaría también a las personas adultas la posibilidad de incorporar su segundo apellido a voluntad.

La palabra empeñada
Cuando Argentina reformó su Constitución en 1994, incorporó todo los tratados de derechos humanos con rango constitucional.
El Pacto de San José de Costa Rica dice que los Estados tendrán que eliminar de su legislación formas de discriminación. La convención de Naciones Unidas (de 1979) ya prevé que todos los Estados tomen las medidas necesarias para hacer desaparecer toda imposición sexista en el derecho del nombre. La Convención Americana sobre Derechos Humanos dice que cualquier persona tiene derecho a un nombre propio y a los apellidos de sus padres. Y la misma Constitución Argentina habla, en el artículo 75, de "legislar, promover medidas de acción positiva que garanticen la igualdad real de oportunidades y de trato, y el pleno goce y ejercicio de los derechos reconocidos por esta Constitución y por los tratados internacionales vigentes sobre derechos humanos, en particular respecto de los niños, las mujeres, los ancianos y las personas con incapacidad".
"Lo fundamental es el respeto a la igualdad. Es decir, que el hijo tenga derecho a la plena identidad, que está dada por su condición de hijo de un padre y de una madre. Nosotros partimos de que la identidad surge de la filiación: aquel que la reconoce le complementa la identidad a su hijo, y por eso debe llevar el apellido de ambos. La ley actual, al imponer el apellido del padre, genera una discriminación por sexo", explicó la abogada Gabriela Tozzini, asesora de la Defensoría santafesina en temas jurídicos y redactora del proyecto.
La profesional explicó también que más allá del derecho de igualdad, existen cuestiones prácticas. "Se han planteado problemas en este sentido porque ni en el DNI, ni en la cédula federal ni en el pasaporte figuran el apellido materno. Incluso existen trámites, como la inhibición general de bienes, en los que se necesita conocer ese segundo apellido. Y qué mejor que esté en el mismo documento", reflexionó.
En Latinoamérica existen legislaciones en este sentido en países como Brasil, Bolivia y Chile. En España se incluyó recientemente, en 1999, a pesar de que culturalmente se utiliza mucho el doble apellido.

Cuestión de "razonabilidad"
La Defensoría se preocupó especialmente de sondear el proyecto. En palabras de Ciccarelli, "se buscó constatar su razonabilidad, porque a veces uno piensa que está en lo correcto y desde afuera le hacen ver que las cosas no son como las piensa".
Por eso se envió la iniciativa a todas las defensorías del país y se consultó a los legisladores nacionales por Santa Fe.
"La aceptación que tuvo nos ha mostrado que cuando hay un hecho de razonabilidad, las diferencias quedan a un lado", dijo el ombudsman.



(Ilustración: Gabriel Ippóliti)
Ampliar Foto
Notas relacionadas
Pagar para ser
Hilda Habichayn: "El apellido era la única garantía de paternidad"
Diario La Capital todos los derechos reservados